La vivienda adecuada como elemento integrante del derecho a un nivel de vida adecuado, y el derecho de no discriminación a este respecto (2018), para. 25
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e) Velen por que, al hacer efectivo el derecho a una vivienda adecuada, se respeten los principios de igualdad y no discriminación y, a este respecto, adopten medidas hasta el máximo de los recursos disponibles para afrontar la falta de hogar y la privación de vivienda sistémicas, que afectan de manera desproporcionada a las personas con discapacidad, y se esfuercen por lograr la plena efectividad del derecho a una vivienda adecuada para todos, incluidas las personas con discapacidad;