A/RES/56/115
información pública, para las personas con discapacidad y con su participación con el
fin de crear una mayor conciencia y sensibilidad respecto de la discapacidad y de las
cuestiones que plantea, así como de combatir y superar la discriminación contra las
personas con discapacidad y promover su participación plena y efectiva en la sociedad;
7.
Alienta a los gobiernos a que sigan prestando apoyo a las organizaciones
no gubernamentales que contribuyen a la plena aplicación del Programa de Acción
Mundial para los Impedidos;
8.
Alienta también a los gobiernos a que den participación a las personas
con discapacidad en la formulación de estrategias y planes encaminados a erradicar
la pobreza, promover la educación y fomentar el empleo;
9.
Insta a los organismos y organizaciones competentes del sistema de las
Naciones Unidas, incluidos los órganos creados en virtud de los tratados de derechos
humanos que correspondan y las comisiones regionales, así como a las organizaciones
e instituciones intergubernamentales y no gubernamentales a que sigan cooperando
estrechamente con el programa para las personas con discapacidad de la División de
Política Social y Desarrollo de la Secretaría en la promoción de los derechos de esas
personas, incluso mediante actividades sobre el terreno, y den a conocer a tal efecto
sus experiencias, conclusiones y recomendaciones sobre las personas con
discapacidad;
10. Insta a los gobiernos a que cooperen con la División de Estadística de la
Secretaría para seguir preparando estadísticas e indicadores mundiales sobre
discapacidad y les alienta a que recurran a la asistencia técnica de la División para
formar una mayor capacidad para los sistemas nacionales de compilación de datos,
incluida la compilación y difusión de datos sobre las personas discapacitadas, así
como la elaboración de métodos para la compilación de datos y estadísticas sobre la
discapacidad, según proceda;
11. Insta a los gobiernos y a las organizaciones intergubernamentales y no
gubernamentales a que proporcionen protección especial a las mujeres jóvenes y
adultas con discapacidad, las personas ancianas con discapacidad y las personas con
discapacidades psiquiátricas y de desarrollo, prestando particular atención a su
integración en la sociedad y a la protección y la promoción de sus derechos
humanos;
12. Insta a los gobiernos a que, en colaboración con el sistema de las
Naciones Unidas, presten especial atención a los derechos, las necesidades y el
bienestar de los niños con discapacidad y sus familias en la formación de normas y
programas, incluida la aplicación de las Normas Uniformes;
13. Alienta a los gobiernos, a las organizaciones intergubernamentales, a las
organizaciones no gubernamentales interesadas y al sector privado a que sigan
prestando apoyo al Fondo de Contribuciones Voluntarias de las Naciones Unidas
para Problemas de Discapacidad con miras a darle mayor capacidad para prestar
apoyo a actividades catalizadoras e innovadoras destinadas a dar plena aplicación al
Programa de Acción Mundial y las Normas Uniformes, incluida la labor del Relator
Especial, y a que presten apoyo a las actividades de formación de capacidad
nacional, teniendo especialmente en cuenta las prioridades de acción señaladas en la
presente resolución;
14. Pide al Secretario General que continúe proporcionando apoyo a las
iniciativas de los órganos y organizaciones competentes del sistema de las Naciones
Unidas, así como de las organizaciones e instituciones regionales, intergubernamentales
y no gubernamentales, para la promoción de todos los derechos humanos de las
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