A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/49/122
27 de febrero de 1995
Cuadragésimo noveno período de sesiones
Tema 89 e) del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Segunda Comisión (A/49/729/Add.5)]
49/122.
Conferencia Mundial sobre el Desarrollo
Sostenible de los Pequeños Estados Insulares
en Desarrollo
La Asamblea General,
Recordando el informe de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el
Medio Ambiente y el Desarrollo, en particular la sección G del capítulo 17 del
Programa 21 1/, relativa al desarrollo sostenible de los pequeños Estados
insulares en desarrollo,
Recordando también su resolución 47/186, de 22 de diciembre de 1992,
relativa a medidas especiales en favor de los países insulares en desarrollo,
Recordando en particular sus resoluciones 47/189, de 22 de diciembre
de 1992, y 48/193, de 21 de diciembre de 1993,
Reafirmando que, como las posibilidades de desarrollo de los pequeños
Estados insulares en desarrollo son limitadas, existen problemas especiales
para elaborar y aplicar planes de desarrollo sostenible y que esos Estados se
verán limitados en la solución de tales problemas sin la cooperación de la
comunidad internacional,
1/
Informe de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio
Ambiente y el Desarrollo, Río de Janeiro, 3 a 14 de junio de 1992,
[A/CONF.151/26/Rev.1 (Vol. I y Vol. I/Corr.1, Vol. II, Vol. III y
Vol. III/ Corr.1)] (publicación de las Naciones Unidas, No. de venta:
S.93.I.8, y correcciones), vol. I: Resoluciones aprobadas por la Conferencia
resolución 1, anexo II.
95-76942
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