A/RES/58/118
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
10 de febrero de 2004
Quincuagésimo octavo período de sesiones
Tema 40 d) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 17 de diciembre de 2003
[sin remisión previa a una Comisión Principal (A/58/L.43 y Add.1)]
58/118. Participación de voluntarios, “Cascos Blancos”, en las
actividades de las Naciones Unidas en la esfera del
socorro humanitario, la rehabilitación y la cooperación
técnica para el desarrollo
La Asamblea General,
Reafirmando sus resoluciones 50/19, de 28 de noviembre de 1995, 52/171, de
16 de diciembre de 1997, 54/98, de 8 de diciembre de 1999, y 56/102, de 14 de
diciembre de 2001,
Reafirmando también sus resoluciones 46/182, de 19 de diciembre de 1991,
47/168, de 22 de diciembre de 1992, 48/57, de 14 de diciembre de 1993, 49/139 A y B,
de 20 de diciembre de 1994, 50/57, de 12 de diciembre de 1995, y 51/194, de 17 de
diciembre de 1996, y las resoluciones del Consejo Económico y Social 1995/56, de
28 de julio de 1995, y 1996/33, de 25 de julio de 1996,
Subrayando la necesidad de llenar la laguna de planificación estratégica
entre las actividades de socorro y las actividades de desarrollo en el
contexto de las emergencias humanitarias, teniendo en cuenta los objetivos de
desarrollo acordados internacionalmente, incluidos los enunciados en la
Declaración del Milenio 1,
Reconociendo que la comunidad internacional, al hacer frente a la creciente
magnitud y complejidad de los desastres naturales o causados por el hombre y a las
situaciones crónicas caracterizadas por el hambre, la malnutrición y la pobreza, debe
no sólo formular una respuesta general bien coordinada en el marco de las Naciones
Unidas, sino también promover la transición sin tropiezos del socorro a la
rehabilitación, la reconstrucción y el desarrollo,
Recordando una vez más que la prevención de las situaciones de emergencia,
así como la preparación y la planificación en el plano mundial dependen,
principalmente, del fortalecimiento de la capacidad de respuesta local y nacional y
de la disponibilidad de recursos financieros, tanto nacionales como internacionales,
_______________
1
03 50169
Véase resolución 55/2.