A/RES/58/181 concebidos pueden tener un efecto catalizador en las iniciativas nacionales, regionales e internacionales encaminadas a promover y proteger los derechos humanos e impedir que sean vulnerados, Convencida de que la educación en la esfera de los derechos humanos contribuye a una concepción integral del desarrollo compatible con la dignidad de las personas de cualquier edad, que ayuda a promover los derechos de los grupos más vulnerables de la sociedad, como los niños, los jóvenes, las personas de edad, las poblaciones indígenas, las minorías, los pobres de las zonas rurales y urbanas, los trabajadores migratorios, los refugiados, las personas afectadas por el VIH/SIDA y los discapacitados, Convencida también de que una mejor coordinación y una cooperación más estrecha a nivel nacional, regional e internacional podrían hacer más eficaces las actuales actividades de educación e información pública en la esfera de los derechos humanos, Reconociendo el inestimable, creativo y activo papel que desempeñan las organizaciones no gubernamentales y comunitarias en la promoción y protección de los derechos humanos, difundiendo información y emprendiendo actividades de educación en la esfera de los derechos humanos, especialmente a nivel popular, Consciente de la aportación que puede hacer el sector privado a la educación en la esfera de los derechos humanos, mediante su apoyo financiero a las actividades gubernamentales y no gubernamentales y las iniciativas originales y eficaces que adopte, Observando con reconocimiento la labor realizada hasta ahora por la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos a fin de ejecutar el Plan de Acción del Decenio de las Naciones Unidas para la educación en la esfera de los derechos humanos, 1995-2004 2 y de fomentar el intercambio de información sobre la educación en materia de derechos humanos, Observando con beneplácito otras actividades de información pública en materia de derechos humanos realizadas por las Naciones Unidas, Teniendo en cuenta la resolución 2003/70 de la Comisión de Derechos Humanos, de 25 de abril de 2003 3, en la que se pidió a la Oficina del Alto Comisionado que, conjuntamente con la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, informara de los logros y los fallos registrados en el actual Decenio de las Naciones Unidas para la educación en la esfera de los derechos humanos, Observa con reconocimiento el informe del Alto Comisionado de las 1. Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre las actividades de educación e información pública en la esfera de los derechos humanos 4; 2. Acoge con satisfacción las medidas adoptadas por los gobiernos y las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales a fin de ejecutar el Plan de Acción del Decenio de las Naciones Unidas para la educación en la esfera de los _______________ 2 A/51/506/Add.1, apéndice. Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 2003, Suplemento No. 3 (E/2003/23), cap. II, secc. A. 4 Véase A/58/318. 3 2

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