A/RES/69/132
Naciones Unidas
Distr. general
9 de enero de 2015
Asamblea General
Sexagésimo noveno período de sesiones
Tema 124 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 11 de diciembre de 2014
[sin remisión previa a una Comisión Principal (A/69/L.35 y Add.1)]
69/132. Salud mundial y política exterior
La Asamblea General,
Recordando sus resoluciones 63/33, de 26 de noviembre de 2008, 64/108, de
10 de diciembre de 2009, 65/95, de 9 de diciembre de 2010, 66/115, de 12 de
diciembre de 2011, 67/81, de 12 de diciembre de 2012, y 68/98, de 11 de diciembre
de 2013, y reafirmando los resultados de las grandes conferencias y cumbres de las
Naciones Unidas que han contribuido a promover la agenda sanitaria mundial, como
se observa en esas resoluciones,
Recordando también la Declaración Universal de Derechos Humanos1, el
derecho internacional humanitario, el Pacto Internacional de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales2 y la Constitución de la Organización Mundial de la Salud3,
Reafirmando el derecho de todo ser humano, sin distinción de ningún tipo, al
disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental y a un nivel de vida
adecuado para la salud y el bienestar de uno mismo y su familia, incluidas una
alimentación, vestimenta y vivienda adecuadas, y a la mejora continua de las
condiciones de vida,
Recalcando que los Estados Miembros tienen la responsabilidad de establecer
sistemas nacionales de salud resilientes y fortalecer la capacidad nacional prestando
atención, entre otras cosas, al suministro de servicios, la financiación de los
sistemas de salud, incluidas las asignaciones presupuestarias apropiadas, el personal
sanitario, los sistemas de información sanitaria, la adquisición y distribución de
medicamentos, vacunas y tecnologías, la atención de la salud sexual y reproductiva,
y la voluntad política en materia de liderazgo y gobernanza, y reconociendo el valor
y la importancia de la cobertura sanitaria universal para proporcionar acceso a unos
servicios de salud de calidad, asegurando que la utilización de esos servicios no
suponga graves dificultades económicas para los usuarios, en particular para los
sectores pobres, vulnerables y marginados de la población,
_______________
1
Resolución 217 A (III).
Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo.
3
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 14, núm. 221.
2
14-67021 (S)
*1467021*
Se ruega reciclar