A/RES/69/132 Naciones Unidas Distr. general 9 de enero de 2015 Asamblea General Sexagésimo noveno período de sesiones Tema 124 del programa Resolución aprobada por la Asamblea General el 11 de diciembre de 2014 [sin remisión previa a una Comisión Principal (A/69/L.35 y Add.1)] 69/132. Salud mundial y política exterior La Asamblea General, Recordando sus resoluciones 63/33, de 26 de noviembre de 2008, 64/108, de 10 de diciembre de 2009, 65/95, de 9 de diciembre de 2010, 66/115, de 12 de diciembre de 2011, 67/81, de 12 de diciembre de 2012, y 68/98, de 11 de diciembre de 2013, y reafirmando los resultados de las grandes conferencias y cumbres de las Naciones Unidas que han contribuido a promover la agenda sanitaria mundial, como se observa en esas resoluciones, Recordando también la Declaración Universal de Derechos Humanos1, el derecho internacional humanitario, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales2 y la Constitución de la Organización Mundial de la Salud3, Reafirmando el derecho de todo ser humano, sin distinción de ningún tipo, al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental y a un nivel de vida adecuado para la salud y el bienestar de uno mismo y su familia, incluidas una alimentación, vestimenta y vivienda adecuadas, y a la mejora continua de las condiciones de vida, Recalcando que los Estados Miembros tienen la responsabilidad de establecer sistemas nacionales de salud resilientes y fortalecer la capacidad nacional prestando atención, entre otras cosas, al suministro de servicios, la financiación de los sistemas de salud, incluidas las asignaciones presupuestarias apropiadas, el personal sanitario, los sistemas de información sanitaria, la adquisición y distribución de medicamentos, vacunas y tecnologías, la atención de la salud sexual y reproductiva, y la voluntad política en materia de liderazgo y gobernanza, y reconociendo el valor y la importancia de la cobertura sanitaria universal para proporcionar acceso a unos servicios de salud de calidad, asegurando que la utilización de esos servicios no suponga graves dificultades económicas para los usuarios, en particular para los sectores pobres, vulnerables y marginados de la población, _______________ 1 Resolución 217 A (III). Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo. 3 Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 14, núm. 221. 2 14-67021 (S) *1467021* Se ruega reciclar

Seleccionar párrafo de destino3