Naciones Unidas
Asamblea General
A/RES/59/163
Distr. general
8 de febrero de 2005
Quincuagésimo noveno período de sesiones
Tema 97 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 20 de diciembre de 2004
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/59/495)]
59/163. Cooperación internacional contra el problema mundial de
las drogas
La Asamblea General,
Recordando la Declaración del Milenio 1, su resolución 58/141, de 22 de diciembre
de 2003, y sus demás resoluciones anteriores,
Reafirmando su compromiso con los resultados de su vigésimo período
extraordinario de sesiones, dedicado a la acción común para contrarrestar el
problema mundial de las drogas, celebrado en Nueva York del 8 al 10 de junio de
1998, y observando con satisfacción que los gobiernos siguen resueltos a superar el
problema mundial de las drogas mediante la aplicación cabal y equilibrada de
estrategias nacionales, regionales e internacionales para reducir la demanda, la
producción y el tráfico de drogas ilícitas,
Reafirmando la importancia de los compromisos contraídos por los Estados
Miembros para alcanzar los objetivos fijados para 2003 y 2008 en la Declaración
política aprobada en su vigésimo período extraordinario de sesiones 2, y acogiendo
con satisfacción las directrices y los elementos recomendados por la Comisión de
Estupefacientes al Director Ejecutivo del Programa de las Naciones Unidas para la
Fiscalización Internacional de Drogas para la preparación de informes ulteriores
sobre el seguimiento del vigésimo período extraordinario de sesiones 3,
Destacando la importancia del Plan de Acción 4 para la aplicación de la
Declaración sobre los principios rectores de la reducción de la demanda de drogas 5,
que introduce un nuevo enfoque global en que se reconoce la necesidad de lograr un
equilibrio entre la reducción de la oferta y de la demanda ilícitas con arreglo al
principio de responsabilidad compartida, y del Plan de Acción sobre cooperación
internacional para la erradicación de los cultivos ilícitos para la producción de
_______________
1
Véase resolución 55/2.
Resolución S-20/2, anexo.
3
Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 1999, Suplemento No. 8
(E/1999/28/Rev.1), segunda parte, cap. I, resolución 42/11; e ibíd., 2001, Suplemento No. 8
(E/2001/28/Rev.1), cap. I, secc. C, resolución 44/2.
4
Resolución 54/132, anexo.
5
Resolución S-20/3, anexo.
2
04-48607