A/RES/50/120
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d)
Los criterios de evaluación se incorporen en todos los proyectos y
programas en la etapa de la formulación, teniendo presente la necesidad de
impartir una capacitación adecuada;
35.
Subraya la importancia de promover, bajo la dirección de los
gobiernos, una mayor colaboración en materia de evaluación entre los países
receptores, el sistema de las Naciones Unidas para el desarrollo y los
asociados para el desarrollo pertinentes al nivel de los países;
36.
Pide al Secretario General
sistema de coordinadores residentes en
mediante, entre otras cosas, una mayor
la adopción de un criterio de carácter
37.
que fomente una mayor participación del
su funcionamiento sobre el terreno
utilización de los grupos temáticos y
más consultivo;
Pide también al Secretario General que:
a)
Determine medios de fomentar un aumento del número de
participantes en los grupos de candidatos para los puestos de coordinador
residente;
Promueva una mayor intervención de los gobiernos en el proceso de
b)
selección de los coordinadores residentes, sobre todo, velando por que se
consulte a los gobiernos nacionales antes de que se presente al Grupo
Consultivo Mixto de Políticas la nota descriptiva de los puestos de los
coordinadores residentes y manteniendo al día los criterios de selección de
los coordinadores residentes, y, por conducto de los jefes ejecutivos
respectivos, los de los representantes superiores de los organismos de las
Naciones Unidas sobre el terreno, teniendo en cuenta las características
específicas de cada país;
c)
Formule directrices comunes para evaluar al personal de los fondos
y programas, incluidas fórmulas para evaluar la contribución de los
funcionarios a la coordinación del sistema de las Naciones Unidas;
Inste a todos los elementos del sistema de las Naciones Unidas
d)
para el desarrollo a que proporcionen una orientación clara a sus
representantes en los países, con miras a promover el funcionamiento eficaz
del sistema de coordinadores residentes;
e)
Promueva la capacitación en las esferas del trabajo en equipo y de
las relaciones interpersonales;
38.
Invita al sistema de las Naciones Unidas, incluidos los fondos y
programas, los organismos especializados y la Secretaría, a que presten el
apoyo necesario al sistema de coordinadores residentes;
39.
Reafirma que los coordinadores residentes, en estrecha consulta
con los gobiernos nacionales, deben facilitar una ejecución coherente y
coordinada, sobre el terreno, de las actividades que desarrollen las Naciones
Unidas de resultas de las grandes conferencias internacionales;
40.
Decide que, a fin de promover la coordinación y una mejor división
del trabajo, se informe a los coordinadores residentes, en las primeras etapas
de la formulación, de las actividades programáticas previstas por los
organismos, fondos, programas y órganos de las Naciones Unidas;
41.
Decide también que los comités organizados a nivel de oficina
exterior por el equipo en el país del sistema de las Naciones Unidas,
constituidos con arreglo al párrafo 40 de su resolución 47/199, examinen las
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