A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/50/17
28 de noviembre de 1995
Quincuagésimo período de sesiones
Tema 32 del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sin remisión previa a una Comisión Principal (A/50/L.22)]
50/17.
Cooperación entre las Naciones Unidas y la
Organización de la Conferencia Islámica
La Asamblea General,
Recordando sus resoluciones 37/4, de 22 de octubre de 1982, 38/4, de 28
de octubre de 1983, 39/7, de 8 de noviembre de 1984, 40/4, de 25 de octubre
de 1985, 41/3, de 16 de octubre de 1986, 42/4, de 15 de octubre de 1987, 43/2,
de 17 de octubre de 1988, 44/8, de 18 de octubre de 1989, 45/9, de 25 de
octubre de 1990, 46/13, de 28 de octubre de 1991, 47/18, de 23 de noviembre de
1992, 48/24, de 24 de noviembre de 1993, y 49/15, de 15 de noviembre de 1994,
Habiendo examinado el informe del Secretario General, de 17 de octubre
de 1995, sobre la cooperación entre las Naciones Unidas y la Organización de
la Conferencia Islámica 1/,
Teniendo en cuenta que ambas organizaciones desean cooperar más
estrechamente en las esferas política, económica, social, humanitaria,
cultural y técnica y en la búsqueda común de soluciones para los problemas
mundiales, como las cuestiones relativas a la paz y la seguridad
internacionales, el desarme, la libre determinación, la descolonización, los
derechos humanos fundamentales y el desarrollo económico y técnico,
Recordando también los Artículos de la Carta de las Naciones Unidas que
propician las actividades encaminadas a promover los propósitos y principios
de las Naciones Unidas por medio de la cooperación regional,
Observando el fortalecimiento de la cooperación entre los organismos
1/
95-25721
A/50/573.
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