A/RES/58/62 2003; en Kanazawa (Japón) del 10 al 12 de junio de 2003; y en Osaka (Japón), del 19 al 22 de agosto de 20031, Acogiendo con beneplácito la idea de la posible creación de un programa de educación y de capacitación para la paz y el desarme en Asia y el Pacífico destinado a jóvenes de distintos orígenes y financiado con contribuciones voluntarias, Señalando la importante función del Centro Regional en la asistencia a las iniciativas especiales para la región emprendidas por los Estados Miembros, como la asistencia que sigue prestando a la finalización de un tratado relacionado con el establecimiento de una zona libre de armas nucleares en Asia central1, y con la seguridad internacional y la condición de Estado libre de armas nucleares de Mongolia, incluida la organización de una consulta oficiosa entre los órganos competentes de las Naciones Unidas en enero de 2003 para examinar la situación de la aplicación de los aspectos no relacionados con las armas nucleares de la condición de Mongolia1, Reconociendo especialmente el apoyo general que ha prestado Nepal como anfitrión de la sede del Centro Regional, 1. Reafirma su enérgico apoyo al Centro Regional de las Naciones Unidas para la Paz y el Desarme en Asia y el Pacífico en sus próximas actividades y en su ulterior consolidación; Subraya la importancia del proceso de Katmandú como poderoso medio 2. para desarrollar la práctica del diálogo sobre la seguridad y el desarme en el plano regional; Expresa su reconocimiento por el apoyo político y las contribuciones 3. financieras que sigue recibiendo el Centro Regional, que son fundamentales para que continúe desarrollando sus actividades; Hace un llamamiento a los Estados Miembros, especialmente a los de la 4. región de Asia y el Pacífico, así como a las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales internacionales y a las fundaciones, para que aporten contribuciones voluntarias, único recurso con que cuenta el Centro Regional, para fortalecer el programa de actividades del Centro y su ejecución; Pide al Secretario General que, tomando nota del párrafo 6 de la 5. resolución 49/76 D de la Asamblea General, de 15 de diciembre de 1994, proporcione al Centro Regional todo el apoyo necesario, sin rebasar los límites de los recursos existentes, para que ejecute su programa de actividades; Insta al Secretario General a que asegure que el Centro Regional funcione 6. efectivamente desde Katmandú dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que se firme el acuerdo con el país anfitrión y que el Centro pueda funcionar eficazmente; 7. Pide al Secretario General que le presente un informe en su quincuagésimo noveno período de sesiones sobre la aplicación de la presente resolución; Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo noveno 8. período de sesiones el tema titulado “Centro Regional de las Naciones Unidas para la Paz y el Desarme en Asia y el Pacífico”. 71ª sesión plenaria 8 de diciembre de 2003 2

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