Los niños y los adolescentes migrantes no acompañados y los derechos humanos (2017), para. 26
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6. Recuerda a los Estados que la detención de un niño o un adolescente migrante por motivo de su estatus migratorio o el de sus padres raras veces o nunca redunda en el interés superior del niño, y también les recuerda el compromiso que han contraído de trabajar para poner fin a esta práctica, y exhorta a los Estados a que consideren la posibilidad de revisar las políticas que criminalizan los movimientos transfronterizos y adopten medidas alternativas a la detención para los niños, que tengan en cuenta el interés superior del niño como consideración primordial, y que respeten los derechos humanos de los niños y los adolescentes migrantes, incluido el derecho a preservar su identidad y sus relaciones familiares y a no ser objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su familia;