Mejoramiento de la situación de la mujer en la Secretaría (1996), para. 02
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Recordando también el Artículo 8 de la Carta, en el que se dispone que la Organización no establecerá restricciones en cuanto a la elegibilidad de hombres y mujeres para participar en condiciones de igualdad y en cualquier carácter en las funciones de sus órganos principales y subsidiarios,