Medidas de transparencia y fomento de la confianza
en las actividades relativas al espacio ultraterrestre
A/RES/75/69
transparencia y el fomento de la confianza entre los Estados, así como en asegurar
que el espacio ultraterrestre se siguiera utilizando con fines pacíficos,
Recordando además que, en su informe, el Grupo de Expertos Gubernamentales
reconoció el valor de la labor de la Comisión sobre la Utilización del Espacio
Ultraterrestre con Fines Pacíficos para elaborar un conjunto de orientaciones
voluntarias y jurídicamente no vinculantes para la sostenibilidad a largo plazo de las
actividades en el espacio ultraterrestre, algunas de las cua les se podrían considerar
posibles medidas de transparencia y fomento de la confianza, mientras que otras
podrían fortalecer la seguridad de las actividades en el espacio ultraterrestre y servir
así de base técnica para la aplicación de más medidas de tran sparencia y fomento de
la confianza,
Recordando el informe especial de la Reunión Interinstitucional sobre las
Actividades relativas al Espacio Ultraterrestre (ONU-Espacio) referente a la
aplicación del informe del Grupo de Expertos Gubernamentales, y las
recomendaciones que figuran en ese informe, presentado a la Comisión sobre la
Utilización del Espacio Ultraterrestre con Fines Pacíficos en su 59º período de
sesiones, en 2016 7,
Recordando también la resolución 186 de la Unión Internacional de
Telecomunicaciones, de 7 de noviembre de 2014, referente al fortalecimiento del
papel de la Unión respecto de las medidas de transparencia y fomento de la confianza
en las actividades relativas al espacio ultraterrestre, aprobada en la Conferencia de
Plenipotenciarios de 2014, celebrada en Busan (República de Corea) del 20 de octubre
al 7 de noviembre de 2014,
1.
Destaca la importancia del informe del Grupo de Expertos
Gubernamentales sobre Medidas de Transparencia y Fomento de la Confianza en las
Actividades relativas al Espacio Ultraterrestre, que examinó el 5 de diciembre de
2013;
2.
Alienta a los Estados Miembros a que sigan examinando y aplicando, en
la mayor medida posible, las medidas de transparencia y fomento de la confianza que
se proponen en el informe mediante los mecanismos nacionales pertinentes, de forma
voluntaria y de manera acorde con los intereses nacionales de los Estados Miembros;
3.
Alienta también a los Estados Miembros a que, de conformidad con las
recomendaciones contenidas en el informe y con miras a promover la aplicación
práctica de las medidas de transparencia y fomento de la confianza, celebren
periódicamente debates en el seno de la Comisión sobre la Utilización del Espacio
Ultraterrestre con Fines Pacíficos, la Comisión de Desarme y la Conferencia de
Desarme sobre las perspectivas de su aplicación;
4.
Solicita a las entidades y organizaciones pertinentes del sistema de las
Naciones Unidas a las que, de conformidad con su resolución 68/50, se distribuyó el
informe que ayuden a poner en práctica de forma eficaz las conclusiones y
recomendaciones que en él figuran, según corresponda;
5.
Alienta a las entidades y organizaciones pertinentes del sistema de las
Naciones Unidas a que coordinen, según corresponda, las cuestiones relativas a las
recomendaciones que figuran en el informe;
6.
Pone de relieve la importancia de que la Comisión de Desarme siga
trabajando en la preparación de recomendaciones sobre la aplicación práctica de las
medidas de transparencia y fomento de la confianza en las actividades relativas al
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A/AC.105/1116.
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