A/RES/59/4 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 3 de diciembre de 2004 Quincuagésimo noveno período de sesiones Tema 56 h) del programa Resolución aprobada por la Asamblea General el 22 de octubre de 2004 [sin remisión previa a una Comisión Principal (A/59/L.3 y Add.1)] 59/4. Cooperación entre las Naciones Unidas y la Organización de Cooperación Económica La Asamblea General, Recordando su resolución 48/2, de 13 de octubre de 1993, por la que otorgó la condición de observadora a la Organización de Cooperación Económica, Recordando también sus resoluciones anteriores sobre la cooperación entre las Naciones Unidas y la Organización de Cooperación Económica, e invitando a los diversos organismos especializados, a otras organizaciones y programas del sistema de las Naciones Unidas y a las instituciones financieras internacionales competentes a que colaboren con ellas para alcanzar las metas y los objetivos de la Organización de Cooperación Económica, Acogiendo con satisfacción las iniciativas tomadas por la Organización de Cooperación Económica para consolidar sus vínculos con el sistema de las Naciones Unidas y con las organizaciones internacionales y regionales pertinentes, 1. Toma nota con reconocimiento del informe del Secretario General sobre la aplicación de la resolución 57/38, de 21 de noviembre de 2002 1, y expresa su satisfacción por el aumento de la cooperación entre las Naciones Unidas y la Organización de Cooperación Económica; 2. Toma nota de la Declaración de Dushanbé, aprobada en la octava cumbre de la Organización de Cooperación Económica, que tuvo lugar en Dushanbé el 14 de septiembre de 2004 después de la 14ª reunión del Consejo de Ministros, allí celebrada el 12 de septiembre; 3. Destaca la importancia de la cooperación entre las Naciones Unidas y la Organización de Cooperación Económica, en particular la cooperación técnica y financiera para la realización de estudios de previabilidad y viabilidad de los proyectos de la Organización de Cooperación Económica, los servicios de consultoría, el suministro de información sobre la lucha contra la droga, y la organización de cursos de capacitación sobre comercio e inversiones por los organismos especializados de las Naciones Unidas, entre ellos el Programa de las _______________ 1 04-47647 Véase A/59/303, cuarta parte.

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