A/HRC/44/51 adolescentes, a fin de que puedan ejercer su autonomía en la toma de decisiones sobre el embarazo y la maternidad; e) Aumenten las inversiones en infraestructuras y servicios básicos en zonas urbanas y rurales con miras a liberar el tiempo de las mujeres para que puedan realizar un trabajo remunerado; f) Velen por que el trabajo de cuidados sea un pilar central de las políticas macroeconómicas, a fin de generar recursos e inversiones para los servicios de cuidado, la licencia parental remunerada y la protección social, con el objetivo de redistribuir el trabajo doméstico y de cuidados no remunerado entre el Estado y las familias y entre las mujeres y los hombres. D. Poner fin a los patrones estructurales sobre trabajos “de mujeres” y trabajos “de hombres” 66. Con miras a poner fin a los patrones estructurales sobre trabajos “de mujeres” y trabajos “de hombres”, el Grupo de Trabajo recomienda a los Estados que: a) Establezcan medidas especiales de carácter temporal (cuotas y objetivos) para asegurar que las mujeres puedan encontrar empleo en sectores de alto crecimiento (como la energía renovable y la tecnología), con medidas específicas orientadas a garantizar que tengan una representación equitativa en puestos técnicos y de dirección; b) Establezcan medidas especiales de carácter temporal (cuotas y objetivos) para aumentar la participación de las mujeres y las niñas en la educación en las esferas de la ciencia, la tecnología, la ingeniería y las matemáticas; c) Establezcan programas específicos de capacitación y reciclaje profesional para mujeres en ocupaciones y sectores con un mayor riesgo de automatización; d) Aseguren la igualdad de acceso de las mujeres a las TIC; e) Fortalezcan los marcos jurídicos a fin de establecer salarios mínimos para todos los trabajadores y la obligación legal de que haya igualdad de remuneración por trabajo igual o por trabajo de igual valor; f) Introduzcan reglamentos que obliguen a los empleadores a informar periódicamente sobre los esfuerzos y progresos realizados en la reducción de la brecha salarial de género, con datos desglosados por múltiples motivos, entre ellos la raza, la etnia y la edad, y sobre la representación de la mujer en diferentes puestos y niveles de dirección; g) Adopten medidas específicas, como programas de educación y capacitación y el acceso a una amplia gama de servicios de salud sexual y reproductiva y a información en esta esfera, a fin de lograr que las jóvenes pasen de la escuela a oportunidades de trabajo decente y mantengan su vinculación con la fuerza de trabajo; h) Adopten medidas específicas para aumentar la participación de los hombres en sectores predominantemente femeninos y la participación de las mujeres en sectores predominantemente masculinos. E. Garantizar que todas las trabajadoras puedan disfrutar de sus derechos, sin discriminación, incluidas las trabajadoras informales 67. Para garantizar que todas las trabajadoras puedan disfrutar de sus derechos sin discriminación, el Grupo de Trabajo recomienda a los Estados que: 22 GE.20-05688

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