A/HRC/44/51
desglosados por sexo en relación con los salarios y las condiciones, en todas las
cadenas mundiales de suministro;
d)
Reformulen las políticas y los marcos económicos, incluidos los
presupuestos nacionales y las políticas fiscales, para centrarse en el bienestar humano
y dar prioridad a la redistribución del poder y los recursos, la efectividad de los
derechos humanos, la sostenibilidad ambiental y la creación de trabajo decente para
todos.
B.
Protección contra la violencia y el acoso en el cambiante mundo
del trabajo
64.
Para hacer frente a la violencia y el acoso, el Grupo de Trabajo recomienda a
los Estados que:
a)
Ratifiquen el Convenio sobre la Violencia y el Acoso, 2019 (núm. 190), de
la OIT, y garanticen su plena aplicación;
b)
Introduzcan y refuercen los marcos jurídicos para prevenir y combatir
eficazmente al acoso sexual, asegurando que queden incluidos todos los tipos de
trabajadores, en particular los trabajadores en formas atípicas de empleo, y que se
apliquen a todos los lugares de trabajo, incluidos los espacios públicos, el transporte y
las plataformas de trabajo en línea y digitales;
c)
Introduzcan y refuercen la legislación y los reglamentos en el ámbito
laboral para hacer frente a la violencia contra la pareja y la violencia doméstica, entre
otras medidas, mediante la concesión de licencias remuneradas por violencia
doméstica;
d)
Aprueben normativas que exijan que los empleadores informen
periódicamente sobre los esfuerzos y progresos realizados en la prevención de la
violencia y el acoso contra los trabajadores y en la respuesta a este fenómeno, así como
en lo relativo a la transparencia de sus datos sobre las denuncias de acoso sexual y sus
resultados;
e)
Fortalezcan los marcos regulatorios relativos a los proveedores de
tecnología a fin de asegurar que prevengan y eliminen todas las formas de violencia en
línea contra las mujeres y las niñas.
C.
Reconocer, reducir y redistribuir el trabajo doméstico y
de cuidados no remunerado
65.
En lo que respecta al trabajo doméstico y de cuidados no remunerado, el Grupo
de Trabajo recomienda a los Estados que:
a)
Garanticen el acceso universal a licencias remuneradas de maternidad,
paternidad y parentales para todos los trabajadores, incluidos los que trabajan en
formas atípicas de empleo y en el sector informal;
b)
Propicien el reparto equitativo del trabajo de cuidados remunerado y no
remunerado entre mujeres y hombres mediante el establecimiento de una licencia
parental remunerada universal para todos los progenitores y mediante intervenciones
específicas dirigidas a incrementar el uso de la licencia parental por parte de los
hombres, lo que incluye disposiciones que obliguen a optar entre disfrutar del permiso
o perderlo;
c)
Aumenten las inversiones para garantizar el acceso universal a servicios
asequibles y de gran calidad para el cuidado de niños, personas con discapacidad y
ancianos, asegurando el acceso tanto de los trabajadores del sector informal como de
aquellos que trabajan en formas atípicas de empleo;
d)
Garanticen el acceso universal a una amplia gama de servicios de salud
sexual y reproductiva y a información en esta esfera para todas las mujeres y las
GE.20-05688
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