A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/51/113
7 de marzo de 1997
Quincuagésimo primer período de sesiones
Tema 110 (c) del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base de la Tercera Comisión (A/51/619/Add.3 y Corr.1)]
51/113.
Situación de los derechos humanos en Cuba
La Asamblea General,
Reafirmando que todos los Estados Miembros tienen la obligación de
promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales
enunciados en la Carta de las Naciones Unidas y detallados en la Declaración
Universal de Derechos Humanos1 y otros instrumentos aplicables de derechos
humanos,
Tomando nota de que Cuba es parte en la Convención contra la Tortura y
Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes2,
Reafirmando también que todos los Estados tienen la obligación de
cumplir los compromisos que han contraído libremente en virtud de los diversos
instrumentos internacionales,
Tomando nota especialmente de la resolución 1996/69 de la Comisión de
Derechos Humanos, de 23 de abril de 19963, en que la Comisión reconoció con
profundo agradecimiento las gestiones realizadas anteriormente por el Relator
Especial en relación con la situación de los derechos humanos en Cuba y
prorrogó su mandato por un año,
1
Resolución 217 A (III).
2
Resolución 39/76, anexo.
3
Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 1996,
Suplemento No. 3 (E/1996/23), cap. II, secc. A.
97-77152
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