A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/49/8
3 de noviembre de 1994
Cuadragésimo noveno período de sesiones
Tema 20 del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sin remisión previa a una Comisión Principal (A/49/L.4 y Add.1)]
49/8. Cooperación entre las Naciones Unidas y el
Comité Consultivo Jurídico Asiático-Africano
La Asamblea General,
Recordando sus resoluciones 36/38, de 18 de noviembre de 1981, 37/8, de
29 de octubre de 1982, 38/37, de 5 de diciembre de 1983, 39/47, de 10 de
diciembre de 1984, 40/60, de 9 de diciembre de 1985, 41/5, de 17 de octubre de
1986, 43/1, de 17 de octubre de 1988, 45/4, de 16 de octubre de 1990, y 47/6,
de 21 de octubre de 1992,
Habiendo examinado el informe del Secretario General sobre la
cooperación entre las Naciones Unidas y el Comité Consultivo Jurídico
Asiático-Africano, de fecha 18 de julio de 1994 1/,
Habiendo escuchado la declaración formulada en su 43a. sesión plenaria,
el 25 de octubre de 1994, por el Secretario General del Comité Consultivo
Jurídico Asiático-Africano sobre las medidas adoptadas por el Comité
Consultivo para asegurar una cooperación constante, estrecha y eficaz entre
ambas organizaciones,
1.
Toma nota con reconocimiento del informe del Secretario General;
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1/
A/49/262.
94-60048
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