A/RES/57/260 Biológica, teniendo en cuenta las Directrices de Bonn 8, un régimen internacional para promover y salvaguardar la distribución justa y equitativa de los beneficios derivados de la utilización de los recursos genéticos, e invita a la Conferencia de las Partes a que adopte las medidas apropiadas a este respecto; Recuerda además el compromiso asumido en la Cumbre Mundial sobre 9. el Desarrollo Sostenible de aplicar el programa de trabajo ampliado y orientado a la acción del Convenio sobre la Diversidad Biológica en relación con todos los tipos de diversidad biológica forestal, en estrecha cooperación con el Foro de las Naciones Unidas sobre los Bosques, los miembros de la Asociación de Colaboración en materia de Bosques y otros procesos y convenciones relacionados con los bosques, con la participación de todas las partes interesadas pertinentes; 10. Toma conocimiento de la labor en curso del grupo de enlace de las secretarías y los funcionarios de los órganos subsidiarios pertinentes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático 9, la Convención de las Naciones Unidas de lucha contra la desertificación en los países afectados por sequía grave o desertificación, en particular en África 10 y el Convenio sobre la Diversidad Biológica, y alienta la cooperación constante para promover la complementariedad entre las secretarías, respetando a la vez su situación jurídica independiente; 11. Insta a la secretaría del Convenio sobre la Diversidad Biológica a continuar colaborando estrechamente con el Fondo para el Medio Ambiente Mundial y otras instituciones pertinentes a fin de ayudar a los países en desarrollo a adquirir la capacidad nacional necesaria para prepararse para la entrada en vigor del Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología, incluso en los ámbitos de la evaluación y la gestión del riesgo; 12. Celebra que se haya iniciado la etapa experimental del Centro de Intercambio de Información sobre Seguridad de la Biotecnología, y pide que se preste mayor apoyo internacional a los países en desarrollo para ampliar su capacidad nacional a fin de que puedan interactuar con el Centro y beneficiarse de su pronto fortalecimiento, de modo que pueda entrar plenamente en funcionamiento cuando entre en vigor el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología; 13. Destaca la necesidad de un aumento considerable de los recursos financieros y técnicos para la aplicación del Convenio sobre la Diversidad Biológica y el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología por los países en desarrollo y los países con economías en transición y, en este sentido, celebra que la tercera reposición del Fondo para el Medio Ambiente Mundial haya sido considerable y se haya realizado con éxito; 14. Invita al Secretario Ejecutivo del Convenio sobre la Diversidad Biológica a que le siga informando sobre la labor en curso relativa al Convenio; _______________ 8 Directrices de Bonn sobre el acceso a los recursos genéticos y la distribución justa y equitativa de los beneficios derivados de su utilización (decisión VI/24 de la Conferencia de las Partes en el Convenio sobre la Diversidad Biológica). 9 Naciones Unidas, Recueil des Traités, vol. 1771, No. 30822. 10 Ibíd., vol. 1954, No. 33480. 3

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