Aplicación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo: la situación de las mujeres y las niñas con discapacidad (2018), para. 35
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b) Tomar todas las medidas pertinentes para que ninguna persona, organización o empresa privada discrimine por motivos de género o deficiencia, garantizar el acceso a la justicia y a los mecanismos de rendición de cuentas y recursos para conseguir la implementación y aplicación efectivas de las leyes destinadas a c) Asegurarse de que los servicios y programas concebidos para proteger a las mujeres y las niñas de la violencia sean accesibles para las mujeres y las niñas con discapacidad, en particular las que viven internadas, que son las más vulnerables a la violencia, entre otras cosas garantizando que las instalaciones sean accesibles e incluyendo el tema de la discapacidad en los materiales y cursos de formación para los profesionales que se ocupan de la cuestión de la violencia contra la mujer;