A/RES/57/91 recomendaciones referentes a los centros regionales de las Naciones Unidas para la Paz y el Desarme en África, América Latina y el Caribe y Asia y el Pacífico 2, Teniendo presentes los esfuerzos desplegados en el marco de la revitalización de las actividades del Centro Regional con miras a movilizar los recursos necesarios para financiar sus gastos de funcionamiento, Teniendo en cuenta la necesidad de establecer una estrecha cooperación entre el Centro Regional y el Mecanismo de Prevención, Gestión y Solución de Conflictos de la Unión Africana, de conformidad con la decisión pertinente adoptada por la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de la Organización de la Unidad Africana en su 35° período ordinario de sesiones, celebrado en Argel del 12 al 14 de julio de 1999 3, Acogiendo con beneplácito la aprobación por la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en Todos sus Aspectos, celebrada en Nueva York del 9 al 20 de julio de 2001, del Programa de Acción para prevenir, combatir y eliminar el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos 4, y subrayando la necesidad de que todos los Estados pongan debidamente en práctica el Programa de Acción, 1. Toma nota del informe del Secretario General 5, y se felicita de las actividades que sigue realizando el Centro Regional de las Naciones Unidas para la Paz y el Desarme en África, especialmente en apoyo de los esfuerzos desplegados por los Estados africanos en materia de paz y de seguridad; 2. Reafirma su enérgico apoyo a la revitalización del Centro Regional y subraya la necesidad de que se le proporcionen los recursos necesarios para fortalecer sus actividades y ejecutar sus programas; 3. Reitera su llamamiento a todos los Estados, así como a las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales internacionales, y a las fundaciones, para que aporten contribuciones voluntarias a fin de fortalecer los programas y las actividades del Centro Regional y facilitar su ejecución; 4. Pide al Secretario General que siga proporcionando al Centro Regional el apoyo necesario para que pueda mejorar sus actividades y los resultados de éstas; 5. Pide también al Secretario General que adopte las medidas necesarias para que se establezca una estrecha cooperación entre el Centro Regional y la Unión Africana, especialmente en la esfera de la paz, la seguridad y el desarrollo, y que siga prestando asistencia al Director del Centro Regional en sus esfuerzos por estabilizar la situación financiera del Centro y revitalizar sus actividades; 6. Hace un llamamiento, en particular, al Centro Regional para que, en colaboración con la Unión Africana, las organizaciones regionales y subregionales y los Estados de África, adopte medidas para promover la aplicación sistemática del Programa de Acción para prevenir, combatir y erradicar el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos4 ; _______________ 2 A/56/817. A/54/424, anexo II, decisión AHG/Dec.138 (XXXV). La Organización de la Unidad Africana dejó de existir el 8 de julio de 2002; en su lugar, entró en vigor la Unión Africana el 9 de julio de 2002. 4 Véase Informe de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en Todos sus Aspectos, Nueva York, 9 a 20 de julio de 2001 (A/CONF.192/15), párr. 24 5 A/57/162. 3 2

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