Cooperación internacional para la asistencia humanitaria en los casos de desastre natural, desde el socorro hasta el desarrollo (2020), para. 117
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Alienta a las Naciones Unidas y las organizaciones humanitarias y de desarrollo a que lleguen a un acuerdo sobre lo que se entiende por riesgos subyacentes, aclaren las funciones y responsabilidades según sus respectivos mandatos, y establezcan objetivos y programas conjuntos basados en las personas afectadas, los datos y el análisis para reforzar la coordinación, la colaboración y la coherencia entre las actividades a corto, mediano y largo plazo a fin de reducir progresivamente las necesidades y la vulnerabilidad, aumentar la resiliencia y gestionar el riesgo resultante del cambio climático y de desastres y retrocesos en el desarrollo a lo largo de ciclos de planificación plurianuales, entre otras cosas integrando la gestión de riesgos en los planes nacionales de desarrol lo sostenible y garantizando la conectividad de los planes humanitarios con las prioridades de desarrollo sostenible de los Estados Miembros a más largo plazo, con el propósito de alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible;