A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/52/237
30 de julio de 1998
Quincuagésimo segundo período de sesiones
Tema 122 b) del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Quinta Comisión (A/52/932)]
52/237. Financiación de la Fuerza Provisional de las Naciones Unidas
en el Líbano
La Asamblea General,
Reafirmando su resolución 51/233, de 13 de junio de 1997,
Habiendo examinado los informes del Secretario General sobre la financiación de la Fuerza
Provisional de las Naciones Unidas en el Líbano1 y el informe conexo de la Comisión Consultiva en
Asuntos Administrativos y de Presupuesto2,
Teniendo presente la resolución 425 (1978) del Consejo de Seguridad, de 19 de marzo de 1978, por
la cual el Consejo estableció la Fuerza Provisional de las Naciones Unidas en el Líbano, y las resoluciones
posteriores por las cuales el Consejo prorrogó el mandato de la Fuerza, la última de las cuales fue la
resolución 1151 (1998), de 30 de enero de 1998,
Recordando su resolución S-8/2, de 21 de abril de 1978, relativa a la financiación de la Fuerza, y sus
resoluciones posteriores sobre la cuestión, la última de las cuales fue la resolución 51/233,
1
A/52/804 y A/52/806 y Add.1.
2
A/52/860/Add.6.
98-77362
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