Erradicar la pobreza rural a fin de implementar
la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible
A/RES/77/183
financiación y de la creación de un entorno propicio a to dos los niveles para el
desarrollo sostenible, en un espíritu de alianza y solidaridad mundiales,
Reafirmando además el Acuerdo de París 1 y su pronta entrada en vigor,
alentando a todas las partes en el Acuerdo a que lo apliquen plenamente, y alentando
a las partes en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio
Climático 2 que aún no lo hayan hecho a que depositen cuanto antes sus instrumentos
de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión, según corresponda,
Reafirmando la Nueva Agenda Urbana, aprobada en la Conferencia de las
Naciones Unidas sobre la Vivienda y el Desarrollo Urbano Sostenible (Hábitat III),
que se celebró en Quito del 17 al 20 de octubre de 2016 3,
Teniendo presente que el septuagésimo quinto aniversario de las
Naciones Unidas, celebrado en 2020, y el quinto aniversario de la aprobación de la
Agenda 2030 brindaban la oportunidad de reafirmar el compromiso colectivo con el
multilateralismo y con las Naciones Unidas, y reafirmando la urgente necesidad de
acelerar la implementación de la Agenda 2030, incluida la consecución de los
Objetivos de Desarrollo Sostenible, en particular la erradicación de la pobreza en
todas sus formas y dimensiones,
Recordando que en su resolución 47/196, de 22 de diciembre de 1992, declaró
el 17 de octubre Día Internacional para la Erradicación de la Pobreza,
Recordando también su resolución 72/233, de 20 de diciembre de 2017, en la
que consideró que el tema del Tercer Decenio de las Naciones Unidas para la
Erradicación de la Pobreza (2018-2027) sería “Acelerar las acciones mundiales para
un mundo sin pobreza”, y todas las demás resoluciones relativas a la erradicación de
la pobreza,
Reafirmando que la erradicación de la pobreza en todas sus formas y
dimensiones, incluida la pobreza extrema, que es desproporcionadamente elevada en
las áreas rurales, constituye el mayor reto que enfrenta actualmente el mundo y que
es un requisito indispensable para el desarrollo sostenible, en particular de África, los
países menos adelantados, los países en desarrollo sin litoral, los pequeños Estados
insulares en desarrollo y algunos países de ingreso medio, observando con
preocupación que en 2019 aún vivían en la pobreza extrema unos 648 millones de
personas y que las previsiones más recientes permiten suponer que hasta 89 millones
de personas viven en la pobreza extrema en 2022 a consecuencia de la pandemia de
enfermedad por coronavirus (COVID-19) y la precaria recuperación tras esta,
agravada por las recientes crisis mundiales de acceso a los alimentos, la financiación
y la energía, y subrayando la importancia de que se acelere el crecimiento económico
sostenible, inclusivo y equitativo, la recuperación y el desarrollo sostenible, incluidos
el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todos, con miras a reducir las
desigualdades dentro de los países y entre ellos,
Observando con gran preocupación que la pandemia de enfermedad por
coronavirus (COVID-19) ha tenido repercusiones negativas severas en la salud, la
seguridad y el bienestar humanos, ha causado graves trastornos en las sociedades y
las economías y ha tenido efectos devastadores en las vidas y los medios de
subsistencia, y que los más pobres y los más vulnerables son los más afectados por
ella, reafirmando la aspiración de volver a encaminar los esfuerzos para lograr los
Objetivos de Desarrollo Sostenible concibiendo y aplicando estrategias de
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Aprobado en virtud de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático
como consta en el documento FCCC/CP/2015/10/Add.1, decisión 1/CP.21.
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1771, núm. 30822.
Resolución 71/256, anexo.
22-28804