A/RES/51/159
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Recordando que en el Acta Final de la Segunda Conferencia Internacional
de la Paz se incorporó la propuesta de convocar una tercera conferencia
internacional de la paz,
Recordando que uno de los propósitos de las Naciones Unidas es mantener
la paz y la seguridad internacionales, entre otras cosas, mediante el ajuste o
arreglo de controversias o de situaciones internacionales que puedan conducir
a quebrantamientos de la paz,
Recordando que, de conformidad con la resolución 44/23, uno de los
principales propósitos del Decenio para el Derecho Internacional es fomentar
medios y métodos para el arreglo pacífico de las controversias entre Estados,
incluido el recurso a la Corte Internacional de Justicia y el pleno respeto a
la misma,
Recordando también que en el cuadragésimo quinto período de sesiones de
la Asamblea General la Sexta Comisión convocó el Grupo de Trabajo sobre el
Decenio de las Naciones Unidas para el Derecho Internacional con miras a
preparar recomendaciones generalmente aceptables sobre el programa de
actividades del Decenio, que se ha vuelto a convocar el Grupo de Trabajo en
todos los períodos de sesiones posteriores de la Asamblea General y que en el
quincuagésimo período de sesiones se le pidió que prosiguiera su labor,
Subrayando la necesidad de que la comunidad internacional continúe la
labor con miras a fortalecer la paz y la seguridad internacionales, lograr el
pleno cumplimiento del derecho internacional y fomentar su desarrollo
progresivo,
Recordando que en su resolución 44/23 pidió al Secretario General que
recabara las opiniones de los Estados Miembros y órganos internacionales
competentes, así como de las organizaciones no gubernamentales activas en esta
esfera, sobre el programa para el Decenio y sobre las medidas apropiadas que
habría que adoptar durante el Decenio, incluida la posibilidad de celebrar una
tercera conferencia internacional de la paz u otra conferencia internacional
adecuada al final del Decenio,
Tomando nota de que los Jefes de Estado o de Gobierno del Movimiento de
los Países no Alineados en su novena reunión en la cumbre reafirmaron la
resolución 44/23 de la Asamblea General y el decidido apoyo del Movimiento al
programa del Decenio de las Naciones Unidas para el Derecho Internacional,
incluida la recomendación de celebrar una tercera conferencia internacional de
la paz al final del Decenio con ocasión del centenario de la primera
Conferencia Internacional de la Paz,
Tomando nota también de la propuesta de la Federación de Rusia de
celebrar una tercera conferencia internacional de la paz con miras a examinar
el derecho y el orden internacionales en el período posterior a la guerra
fría, en los umbrales del siglo XXI,
Convencida de que las Naciones Unidas, con su experiencia y
conocimientos especializados, podrían prestar una importante asistencia para
la elaboración de esa propuesta,
1.
Considera conveniente preparar un programa de acción dedicado al
centenario de la primera Conferencia Internacional de la Paz y a la clausura
del Decenio de las Naciones Unidas para el Derecho Internacional en 1999;
2.
Invita a los Gobiernos de la Federación de Rusia y los Países
Bajos a que organicen, con carácter urgente, una reunión preliminar con otros
Estados Miembros interesados sobre el contenido sustantivo de las medidas que
se adoptarán en 1999 y a que soliciten a ese respecto la cooperación de la
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