A/RES/53/56
Página 3
1. Declara que todas las medidas y decisiones adoptadas por Israel, la Potencia ocupante, en el
territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén, en violación de las disposiciones pertinentes del Convenio
de Ginebra relativo a la protección de personas civiles en tiempo de guerra, de 12 de agosto de 19493, y
en contravención de las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad, son ilegales y carecen de
validez, y que se debe poner fin a esas medidas inmediatamente;
2. Exige que Israel, la Potencia ocupante, desista de todas las prácticas y medidas que violen los
derechos humanos del pueblo palestino;
3. Destaca la necesidad de preservar la integridad territorial de la totalidad del territorio palestino
ocupado y de garantizar la libertad de circulación de personas y mercancías dentro del territorio palestino,
lo que incluye el levantamiento de las restricciones al ingreso en Jerusalén oriental y la salida de éste, y
la libertad de circulación hacia y desde el mundo exterior;
4. Exhorta a Israel, la Potencia ocupante, a que acelere la puesta en libertad, en cumplimiento de
los acuerdos alcanzados, de todos los palestinos que siguen detenidos o encarcelados arbitrariamente;
5. Pide a Israel, la Potencia ocupante, que respete plenamente todas las libertades fundamentales
del pueblo palestino, en espera de que se apliquen las disposiciones relacionadas con un gobierno
autónomo al resto del territorio ocupado;
6. Pide al Secretario General que le informe en su quincuagésimo cuarto período de sesiones sobre
la aplicación de la presente resolución.
78a. sesión plenaria
3 de diciembre de 1998