A/HRC/RES/52/25
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
13 de abril de 2023
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
52º período de sesiones
27 de febrero a 4 de abril de 2023
Tema 3 de la agenda
Promoción y protección de todos los derechos humanos,
civiles, políticos, económicos, sociales y culturales,
incluido el derecho al desarrollo
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos
el 4 de abril de 2023
52/25.
Inscripción de los nacimientos y derecho de todo ser humano
al reconocimiento en todas partes de su personalidad jurídica
El Consejo de Derechos Humanos,
Guiado por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas,
Reafirmando el derecho de todo ser humano al reconocimiento en todas partes de su
personalidad jurídica, consagrado, entre otros instrumentos, en la Declaración Universal de
Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención
sobre los Derechos del Niño y la Convención sobre los Derechos de las Personas con
Discapacidad, y recordando el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación
contra la Mujer, la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos
los Trabajadores Migratorios y de Sus Familiares, la Convención Internacional sobre la
Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, la Convención para Reducir los
Casos de Apatridia y otros instrumentos internacionales pertinentes,
Recordando la obligación de los Estados de inscribir a todos los niños, sin
discriminación de ninguna clase, inmediatamente después de su nacimiento, lo cual
constituye un elemento importante de la protección y el disfrute efectivo de todos los
derechos humanos, según lo dispuesto en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Políticos, la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención Internacional sobre la
Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de Sus Familiares y en
otros instrumentos internacionales y regionales pertinentes en los que sean partes,
Reafirmando que los principios generales enunciados en la Convención sobre los
Derechos del Niño, entre ellos los del interés superior del niño, la no discriminación, la
participación, la supervivencia y el desarrollo, constituyen el marco para todas las medidas
concernientes a los niños, entre otras cosas por lo que respecta a la inscripción de los
nacimientos y al derecho del niño a preservar su identidad, que están consagrados en los
artículos 7 y 8 de la Convención,
Recordando las resoluciones aprobadas por la Asamblea General y el Consejo de
Derechos Humanos en las que se exhorta a los Estados a que velen por la inscripción de todos
los niños inmediatamente después de su nacimiento y sin discriminación de ninguna clase,
las más recientes de las cuales son la resolución 76/147 de la Asamblea, de 16 de diciembre
GE.23-06826 (S)
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