A/HRC/RES/52/25 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 13 de abril de 2023 Español Original: inglés Consejo de Derechos Humanos 52º período de sesiones 27 de febrero a 4 de abril de 2023 Tema 3 de la agenda Promoción y protección de todos los derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, incluido el derecho al desarrollo Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos el 4 de abril de 2023 52/25. Inscripción de los nacimientos y derecho de todo ser humano al reconocimiento en todas partes de su personalidad jurídica El Consejo de Derechos Humanos, Guiado por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, Reafirmando el derecho de todo ser humano al reconocimiento en todas partes de su personalidad jurídica, consagrado, entre otros instrumentos, en la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, y recordando el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de Sus Familiares, la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, la Convención para Reducir los Casos de Apatridia y otros instrumentos internacionales pertinentes, Recordando la obligación de los Estados de inscribir a todos los niños, sin discriminación de ninguna clase, inmediatamente después de su nacimiento, lo cual constituye un elemento importante de la protección y el disfrute efectivo de todos los derechos humanos, según lo dispuesto en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de Sus Familiares y en otros instrumentos internacionales y regionales pertinentes en los que sean partes, Reafirmando que los principios generales enunciados en la Convención sobre los Derechos del Niño, entre ellos los del interés superior del niño, la no discriminación, la participación, la supervivencia y el desarrollo, constituyen el marco para todas las medidas concernientes a los niños, entre otras cosas por lo que respecta a la inscripción de los nacimientos y al derecho del niño a preservar su identidad, que están consagrados en los artículos 7 y 8 de la Convención, Recordando las resoluciones aprobadas por la Asamblea General y el Consejo de Derechos Humanos en las que se exhorta a los Estados a que velen por la inscripción de todos los niños inmediatamente después de su nacimiento y sin discriminación de ninguna clase, las más recientes de las cuales son la resolución 76/147 de la Asamblea, de 16 de diciembre GE.23-06826 (S) 190423 270423

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