A/RES/70/133 Seguimiento de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer y plena aplicación de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing y de los resultados del vigésimo tercer período extraordinario de sesiones de la Asamblea General sesiones de las Naciones Unidas, y reafirmando también que la aplicación plena, efectiva y acelerada de esos compromisos es esencial para la consecución de los objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente, incluidos los Objetivos de Desarrollo Sostenible, Acogiendo con beneplácito los progresos realizados hacia el logro de la igualdad entre los géneros y el empoderamiento de la mujer, pero destacando que subsisten problemas y obstáculos para aplicar la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing y los resultados del vigésimo tercer período extraordinario de sesiones, Observando que en 2015 se conmemoró el 20º aniversario de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer y la aprobación de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing y, a este respecto, acogiendo con beneplácito las actividades de examen realizadas por los gobiernos y haciendo notar las contribuciones de todos los demás interesados pertinentes y los resultados del examen, Acogiendo con beneplácito la celebración de la Reunión de Dirigentes Mundiales sobre la Igualdad entre los Géneros y el Empoderamiento de la s Mujeres: Compromiso con la Acción, que tuvo lugar el 27 de septiembre de 2015, y las promesas hechas por los gobiernos en este sentido, Reconociendo que la aplicación de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing y de los resultados del vigésimo tercer período extraordinario de sesiones es fundamentalmente responsabilidad de los países y que es preciso intensificar los esfuerzos en tal sentido, y reiterando que es esencial mejorar la cooperación internacional para una aplicación plena, efectiva y acelerada, Acogiendo con beneplácito la labor que realiza la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer al examinar la aplicación de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, tomando nota con aprecio de todas sus conclusiones convenidas y reconociendo la necesidad de que estas se apliquen, Acogiendo con beneplácito también el fortalecimiento de la capacidad de la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad entre los G éneros y el Empoderamiento de las Mujeres (ONU-Mujeres) y su experiencia en el cumplimiento de su mandato, Encomiando a ONU-Mujeres por el apoyo constante que presta a los procesos intergubernamentales, en particular respecto de los vínculos entre el desa rrollo sostenible, la financiación para el desarrollo y el logro de la igualdad entre los géneros y el empoderamiento de las mujeres y las niñas, Recordando su resolución 64/289, en la que decidió que los recursos necesarios para prestar servicios a los procesos intergubernamentales normativos se financiarían con cargo al presupuesto ordinario, Tomando nota de las actividades realizadas por el Fondo para la Igualdad entre los Géneros y el Fondo Fiduciario de las Naciones Unidas en Apoyo de las Medidas para Eliminar la Violencia contra la Mujer, Reconociendo que la participación y la contribución de la sociedad civil, en particular los grupos y organizaciones de mujeres y otras organizaciones no gubernamentales, son importantes para el éxito de la aplicación de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing y de los resultados del vigésimo tercer período extraordinario de sesiones, en particular en el contexto del 20º aniversario de la aprobación de la Plataforma de Acción, 2/10

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