Promoción del turismo sostenible, incluido el ecoturismo, para la erradicación de la pobreza y la protección del medio ambiente A/RES/73/245 Conferencia de las Partes en el Convenio sobre la Diversidad Biológic a, celebrada en Cancún (México) los días 2 y 3 de diciembre de 2016, en la que el turismo se reconoce como agente facilitador del cambio que puede contribuir directamente a la conservación de áreas y hábitats sensibles a través de una variedad de actividad es y el incremento de la conciencia pública sobre la importancia de la biodiversidad 18, Observando que se han emprendido iniciativas y organizado eventos a nivel subregional, regional e internacional en la esfera del turismo sostenible, incluido el ecoturismo, y el desarrollo sostenible, Acogiendo con beneplácito la aprobación de la primera Carta Africana para el Turismo Sostenible y Responsable en la reunión de los ministros africanos de turismo celebrada en Marrakech (Marruecos) el 10 de noviembre de 2016 en forma paralela al 22º período de sesiones de la Conferencia de las Partes en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, en la que se esboza el camino a seguir para la aplicación de los principios de la sostenibilidad y la rendición de cuentas en el sector del turismo en África, 1. Acoge con beneplácito el informe del Secretario General de la Organización Mundial del Turismo transmitido por el Secretario General de las Naciones Unidas 19; 2. Reconoce que el turismo sostenible, incluido el ecoturismo, es en muchos países un importante motor del crecimiento económico sostenible y la creación de empleos decentes para todos, que puede tener efectos positivos en la generación de ingresos y la educación, independientemente de la edad, el sexo, la discapacidad, la raza, la etnia, el origen, la religión o la situación económica u otra condición, y por ende en la lucha contra la pobreza y el hambre, y que puede contribuir directamente al logro de los objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente, incluidos los Objetivos de Desarrollo Sostenible; 3. Reconoce también el potencial del turismo sostenible, incluido el ecoturismo, para erradicar la pobreza al mejorar los medios de subsistencia de las personas en las comunidades locales y para generar recursos destinados a proyectos de desarrollo comunitarios; 4. Pone de relieve la necesidad de aprovechar al máximo los beneficios económicos, sociales, culturales y ambientales que se derivan del turismo sostenible, incluidas las actividades ecoturísticas, en todos los países, incluidos los países africanos, los países menos adelantados, los países en desarrollo sin litoral, los pequeños Estados insulares en desarrollo y los países de ingresos medianos; 5. Pone de relieve también que el turismo sostenible, incluido el ecoturismo, puede contribuir al desarrollo sostenible, en particular a la conservación y la utilización sostenible de la biodiversidad y los recursos naturales, y puede mejorar el bienestar de los pueblos indígenas y las comunidades locales; 6. Reconoce que el turismo sostenible, incluido el ecoturismo, puede mejorar el bienestar de los pueblos indígenas y las comunidades locales, en particular las mujeres y los jóvenes, y puede crear oportunidades considerables para la conservación y la utilización sostenible de la biodiversidad o la protección de las zonas naturales al alentar a los pueblos indígenas y las comunidades locales de los países de destino turístico y a los turistas que los visitan a preservar y respetar el patrimonio natural y cultural; __________________ 18 19 4/8 Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, documento UNEP/CBD/COP/13/24. A/73/274 y A/73/274/Corr.1. 18-22623

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