Reconocimiento de la contribución que hacen los defensores de los derechos humanos relacionados con el medio ambiente al disfrute de los derechos humanos, la protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible (2019), para. 25
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2. Destaca que debe garantizarse a los defensores de los derechos humanos, incluidos los defensores de los derechos humanos relacionados con el medio ambiente, un entorno seguro y propicio que les permita llevar a cabo su labor sin obstáculos ni inseguridad, en reconocimiento de que prestan una ayuda importante a los Estados para que cumplan las obligaciones que les incumben en virtud del Acuerdo de París y lleven a la práctica la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, incluida la promesa de que nadie se quedará atrás y se llegará primero a los más rezagados;