Adopción de medidas contra el asesinato de mujeres y niñas por razones de género (2016), para. 29
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12. Alienta a las entidades y los organismos pertinentes de las Naciones Unidas, en particular a la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres (ONU-Mujeres) a que sigan ayudando a los Estados Miembros que lo soliciten a formular y aplicar estrategias y políticas, en los planos nacional, regional e internacional, para prevenir y combatir el asesinato de mujeres y niñas por razones de género;