Trata de personas, especialmente de mujeres y niños: acceso a recursos efectivos para las personas víctimas de la trata y derecho de estas personas a una reparación efectiva por las violaciones de sus derechos humanos (2012), para. 38
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k) Velar por que el interés superior del niño sea la consideración fundamental en todas las decisiones o acciones que le afecten cuando sea víctima de la trata, con independencia de que sean adoptadas por instituciones de asistencia social públicas o privadas, tribunales de justicia, autoridades administrativas u órganos legislativos, en particular respetando el derecho del niño víctima de la trata a ser escuchado y a expresar su opinión libremente en todos los asuntos que le afecten, teniendo debidamente en cuenta esas opiniones en función de su edad y madurez;