Acogiendo con beneplácito, en las conclusiones convenidas aprobadas por la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer en su 60º período de sesiones 12 , el compromiso de los Gobiernos de garantizar que se tengan en cuenta en los planes, las estrategias y las respuestas nacionales e internacionales los derechos y las necesidades específicos de las mujeres y las niñas afectadas y desplazadas por la trata de personas,