A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/51/56
9 de enero de 1997
Quincuagésimo primer período de sesiones
Tema 62 del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Primera Comisión (A/51/567)]
51/56.
Cuestión de la Antártida
La Asamblea General,
Recordando su resolución 49/80, de 15 de diciembre de 1994, en que pidió
al Secretario General que presentara la información que hubieran aportado las
Partes Consultivas en el Tratado Antártico sobre sus reuniones consultivas y
sus actividades, al igual que sobre aspectos relacionados con la Antártida,
Teniendo en cuenta los debates celebrados sobre la cuestión de la
Antártida desde su trigésimo octavo período de sesiones,
Consciente de la importancia particular que tiene la Antártida para la
comunidad internacional en lo que respecta, entre otras cosas, a la paz y la
seguridad internacionales, el medio ambiente mundial y regional, sus
repercusiones en las condiciones climáticas mundiales y regionales y la
investigación científica,
Reafirmando que la administración y la utilización de la Antártida
deberían efectuarse de acuerdo con los propósitos y principios de la Carta de
las Naciones Unidas y con el fin de mantener la paz y la seguridad
internacionales y promover la cooperación internacional en beneficio de toda
la humanidad,
Reconociendo que el Tratado Antártico1, en el que se estipula, entre
otras cosas, la desmilitarización del continente, la prohibición de las
explosiones nucleares y de la eliminación de desechos nucleares, la libertad
de la investigación científica y el libre intercambio de datos científicos,
promueve los propósitos y principios de la Carta,
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Naciones Unidas, Recueil des Traités, vol. 402, No. 5778.
97-76120
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