Seguimiento de la Segunda Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento A/RES/72/144 fortalecimiento de los mecanismos institucionales, la investigación, la reunión y el análisis de datos y la formación del personal necesario en la esfera d el envejecimiento; 16. Invita a los Estados Miembros a que determinen sus principales esferas prioritarias para la aplicación del Plan de Acción de Madrid, entre ellas el empoderamiento de las personas de edad y la promoción de sus derechos, la concienciación sobre el envejecimiento y la creación de capacidad nacional al respecto; 17. Recomienda que los Estados Miembros intensifiquen los esfuerzos por dar a conocer mejor el Plan de Acción de Madrid, concretamente promoviendo y apoyando iniciativas que difundan una imagen pública positiva de las personas de edad y de sus múltiples contribuciones a sus familias, comunidades y sociedades, y colaborando con las comisiones regionales y recabando la ayuda del Departamento de Información Pública de la Secretaría para que se preste más atención a las cuestiones relativas al envejecimiento; 18. Alienta a los Gobiernos que aún no lo hayan hecho a que designen coordinadores encargados del seguimiento de los planes nacionales de acción sobre el envejecimiento y los alienta también a que refuercen las redes de coordinadores nacionales establecidas en materia de envejecimiento; 19. Invita a los Gobiernos a que formulen y apliquen sus políticas relativas al envejecimiento mediante consultas amplias y participativas con los interesados pertinentes y los asociados para el desarrollo social, a fin de elaborar políticas nacionales efectivas que sean responsabilidad de todos y se apoyen en el consenso; 20. Recomienda que los Gobiernos impliquen a las personas de edad y sus organizaciones en la formulación, aplicación y supervisión de las políticas y los programas que las afectan; 21. Recomienda que los Estados Miembros mejoren su capacidad para ser más eficaces en la reunión de datos, estadísticas e información cualitativa, desglosados cuando sea necesario por factores pertinentes, entre ellos por sexo y discapacidad, con el fin de mejorar la evaluación de la situación de las personas de edad, y reconoce que la revolución de los datos presenta nuevos desafíos y oportunida des para el uso de nuevos datos a fin de ayudar a medir los progresos en la implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, en particular sus aspectos de interés para las personas de edad, y asegurar que nadie se quede atrás; 22. Destaca la importancia de producir datos desglosados por edades de mayor calidad y, a este respecto, acoge con beneplácito la inclusión del tema del envejecimiento y los datos desglosados por edad en el programa de la Comisión de Estadística; 23. Alienta a los Estados partes en los instrumentos internacionales vigentes en materia de derechos humanos, según corresponda, a ocuparse de manera más explícita en sus informes de la situación de las personas de edad, y alienta a los mecanismos de supervisión de los órganos creados en virtud de tratados y a los titulares de mandatos de los procedimientos especiales a que, de conformidad con sus mandatos, presten la debida atención a la situación de las personas de edad en su diálogo con los Estados Miembros, su examen de los informes o sus misiones a los países; 24. Alienta a los Gobiernos a que prosigan sus esfuerzos para aplicar el Plan de Acción de Madrid e incorporar las preocupaciones de las personas de edad en sus programas de políticas, teniendo presente la importancia decisiva que tienen la interdependencia, la solidaridad y la reciprocidad entre generaciones en el seno de la 17-22932 5/9

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