A/HRC/RES/51/4
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
12 de octubre de 2022
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
51er período de sesiones
12 de septiembre a 7 de octubre de 2022
Tema 3 de la agenda
Promoción y protección de todos los derechos humanos,
civiles, políticos, económicos, sociales y culturales,
incluido el derecho al desarrollo
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos
el 6 de octubre de 2022
51/4.
Los derechos humanos de las personas de edad
El Consejo de Derechos Humanos,
Guiado por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas,
Guiado también por la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de
Discriminación contra la Mujer, la Convención sobre los Derechos de las Personas con
Discapacidad y otros instrumentos pertinentes de derechos humanos,
Reafirmando la Declaración y el Programa de Acción de Viena,
Teniendo presentes la Declaración Política1 y el Plan de Acción Internacional de
Madrid sobre el Envejecimiento (2002)2, y todas las demás resoluciones pertinentes de la
Asamblea General,
Recordando la resolución 70/164 de la Asamblea General, de 17 de diciembre
de 2015, sobre las medidas para mejorar la promoción y protección de los derechos humanos
y la dignidad de las personas de edad, y la resolución 75/131, de 14 de diciembre de 2020,
sobre el Decenio de las Naciones Unidas del Envejecimiento Saludable (2021-2030), y las
resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 21/23, de 28 de septiembre de 2012, 24/20,
de 27 de septiembre de 2013, 33/5, de 29 de septiembre de 2016, 42/12, de 26 de septiembre
de 2019, y 48/3, de 7 de octubre de 2021, sobre los derechos humanos de las personas de
edad,
Recordando también que la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible insiste en la
necesidad de que nadie se quede atrás, y reconociendo a este respecto la contribución esencial
que las personas de edad aportan al funcionamiento de la sociedad y a la consecución de la
Agenda 2030,
Recordando además sus resoluciones 5/1, sobre la construcción institucional del
Consejo de Derechos Humanos, y 5/2, sobre el Código de Conducta para los Titulares de
Mandatos de los Procedimientos Especiales del Consejo, de 18 de junio de 2007, y
1
2
Informe de la Segunda Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento, Madrid, 8 a 12 de abril de 2002
(publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta S.02.IV.4), cap. I, resolución 1, anexo I.
Ibid., anexo II.
GE.22-16522 (S)
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