A/HRC/RES/51/4 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 12 de octubre de 2022 Español Original: inglés Consejo de Derechos Humanos 51er período de sesiones 12 de septiembre a 7 de octubre de 2022 Tema 3 de la agenda Promoción y protección de todos los derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, incluido el derecho al desarrollo Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos el 6 de octubre de 2022 51/4. Los derechos humanos de las personas de edad El Consejo de Derechos Humanos, Guiado por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, Guiado también por la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y otros instrumentos pertinentes de derechos humanos, Reafirmando la Declaración y el Programa de Acción de Viena, Teniendo presentes la Declaración Política1 y el Plan de Acción Internacional de Madrid sobre el Envejecimiento (2002)2, y todas las demás resoluciones pertinentes de la Asamblea General, Recordando la resolución 70/164 de la Asamblea General, de 17 de diciembre de 2015, sobre las medidas para mejorar la promoción y protección de los derechos humanos y la dignidad de las personas de edad, y la resolución 75/131, de 14 de diciembre de 2020, sobre el Decenio de las Naciones Unidas del Envejecimiento Saludable (2021-2030), y las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 21/23, de 28 de septiembre de 2012, 24/20, de 27 de septiembre de 2013, 33/5, de 29 de septiembre de 2016, 42/12, de 26 de septiembre de 2019, y 48/3, de 7 de octubre de 2021, sobre los derechos humanos de las personas de edad, Recordando también que la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible insiste en la necesidad de que nadie se quede atrás, y reconociendo a este respecto la contribución esencial que las personas de edad aportan al funcionamiento de la sociedad y a la consecución de la Agenda 2030, Recordando además sus resoluciones 5/1, sobre la construcción institucional del Consejo de Derechos Humanos, y 5/2, sobre el Código de Conducta para los Titulares de Mandatos de los Procedimientos Especiales del Consejo, de 18 de junio de 2007, y 1 2 Informe de la Segunda Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento, Madrid, 8 a 12 de abril de 2002 (publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta S.02.IV.4), cap. I, resolución 1, anexo I. Ibid., anexo II. GE.22-16522 (S) 191022 251022

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