La niña (2018), para. 40
Párrafo- Document
- Paragraph text
- 15. Insta también a los Estados a que garanticen el respeto y la aplicación efectiva de los convenios pertinentes establecidos por la Organización Internacional del Trabajo en relación con el empleo de las niñas y los niños, y que las niñas empleadas tengan acceso en condiciones de igualdad a un trabajo decente y a una remuneración equitativa por un trabajo igual o de igual valor, estén protegidas de la explotación económica y sexual, la discriminación, el acoso sexual, la violenc ia y el maltrato en el lugar de trabajo, conozcan sus derechos y tengan acceso a la educación académica y no académica, el desarrollo de aptitudes y la formación técnica y profesional, e insta a los Estados a que elaboren medidas que tengan en cuenta las cuestiones de género, como planes de acción nacionales, según proceda, para eliminar las peores formas de trabajo infantil, la explotación sexual con fines comerciales, las modalidades peligrosas de trabajo infantil, la trata y las prácticas análogas a la esclavitud, como el trabajo forzoso y la servidumbre, y el reclutamiento o la utilización de niños en los conflictos armados en contravención del derecho internacional aplicable, y a que reconozcan que las niñas, en especial en los hogares encabezados por niños, enfrentan mayores riesgos a este respecto;
- Temas
- Gender
- Violence
- Personas afectadas
- Boys
- Children
- Girls
- Paragraph number
- 40
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