Observando con beneplácito, en particular, la promulgación de la Ley sobre el establecimiento de las salas especiales en los tribunales de Camboya para el procesamiento de los crímenes cometidos en el período de la Kampuchea Democrática, y observando con reconocimiento las disposiciones generales de la Ley, su ámbito de aplicación y el hecho de que prevea una función para las Naciones Unidas,