Matrimonio infantil, precoz y forzado en situaciones humanitarias (2017), para. 30
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10. Exhorta a los Estados a que promuevan la participación efectiva de los niños y adolescentes afectados por situaciones humanitarias, en especial las niñas, y celebren consultas activas con ellos sobre todas las cuestiones que los afecten, y a que los conciencien de sus derechos, en particular sobre los efectos negativos del matrimonio infantil, precoz y forzado, mediante el establecimiento de espacios seguros, foros y redes de apoyo que proporcionen a las niñas y los niños información, preparación para la vida y competencias de liderazgo y les brinden la oportunidad de empoderarse, expresarse, participar de manera efectiva en la adopción de todas las decisiones que los afecten y convertirse en agentes de cambio en sus comunidades;