A/HRC/RES/55/23 política, y a procurar su desarrollo económico, social y cultural, de conformidad con el derecho internacional, Reafirmando también que los Estados tienen la responsabilidad primordial de respetar, proteger y hacer efectivos los derechos humanos, Reconociendo que el derecho internacional de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario son complementarios y se refuerzan mutuamente, Condenando enérgicamente la agresión cometida por la Federación de Rusia contra Ucrania en violación del Artículo 2, párrafo 4, de la Carta, Expresando gran preocupación por la crisis humanitaria y de derechos humanos en curso en Ucrania, en particular por las denuncias de abusos y violaciones de los derechos humanos y de vulneraciones del derecho internacional humanitario cometidos por la Federación de Rusia, incluidos abusos y violaciones graves y sistemáticos de los derechos humanos, y recordando las firmes expresiones de preocupación que han formulado el Secretario General, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, la Comisión Internacional Independiente de Investigación sobre Ucrania, los procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos y los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos, Reafirmando la importancia de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio y recordando que las vulneraciones masivas, graves y sistemáticas de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario pueden conducir a un genocidio, Recordando los informes del Secretario General y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos basados en la labor de la misión de vigilancia de los derechos humanos en Ucrania establecida en 2014, y los informes pertinentes de las misiones de expertos del Mecanismo de Moscú de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa, Expresando gran preocupación por las nuevas pruebas de que las autoridades rusas han cometido una amplia gama de violaciones del derecho internacional de los derechos humanos y de vulneraciones del derecho internacional humanitario, así como crímenes de guerra conexos, en el contexto de la invasión a gran escala de Ucrania, tal como concluyó la Comisión de Investigación durante su segundo mandato, Observando con preocupación que la Comisión de Investigación ya había determinado que las oleadas de ataques de las fuerzas armadas rusas contra la infraestructura ucraniana relacionada con la energía y el uso de la tortura por parte de las autoridades rusas podían constituir crímenes de lesa humanidad, Gravemente preocupado por las conclusiones de la Comisión de Investigación, a lo largo de sus dos mandatos, sobre el uso generalizado y sistemático de la tortura contra civiles y prisioneros de guerra por parte de las autoridades rusas, que constituye un crimen de guerra, Expresando gran preocupación por el creciente número de bajas civiles causadas por la agresión rusa contra Ucrania y el desplazamiento forzoso a gran escala de civiles en Ucrania, que ha dado lugar, hasta la fecha, a más de 3,6 millones de desplazados internos y más de 6,5 millones de refugiados, de los cuales la mayoría son mujeres y niños que corren un mayor riesgo de sufrir violencia sexual y de género, trata de personas, explotación y abuso, Condenando enérgicamente los continuos ataques contra la población civil, incluidos los niños, el uso indiscriminado de armas explosivas en zonas pobladas, que ha sido una de las principales causas de las bajas civiles, los homicidios intencionales, el confinamiento ilegal, el recurso a la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, las ejecuciones arbitrarias y extrajudiciales, las desapariciones forzadas, y las violaciones y otras formas de violencia sexual y de género, Observando que el derecho internacional humanitario prohíbe el asesinato intencionado de personas protegidas por los Convenios de Ginebra, como civiles o combatientes fuera de combate, y que dicho asesinato constituye un crimen de guerra, 2 GE.24-06481

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