A/RES/57/249 desempeñan las tecnologías de la información y las comunicaciones en esta relación; 7. Alienta también a la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura a que, según proceda y en colaboración con otros organismos pertinentes del sistema de las Naciones Unidas e instituciones de desarrollo multilaterales, siga ayudando a los países en desarrollo que lo soliciten, en particular con respecto al fomento de la capacidad nacional y el acceso a las tecnologías de la información y las comunicaciones, para la aplicación de las convenciones internacionales sobre la cultura, especialmente en lo referente a la protección del patrimonio cultural y de los bienes culturales, y para la devolución o restitución de los bienes culturales, de conformidad con su resolución 56/97, de 14 de diciembre de 2001, relativa a la devolución o restitución de bienes culturales a sus países de origen; 8. Pide al Secretario General que, en consulta con el Director General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura y otros órganos de las Naciones Unidas e instituciones de desarrollo multilaterales pertinentes, le presente, en su quincuagésimo noveno período de sesiones, un informe sobre la aplicación de la presente resolución. 78ª sesión plenaria 20 de diciembre de 2002 4

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