A/RES/57/249
desempeñan las tecnologías de la información y las comunicaciones en esta
relación;
7.
Alienta también a la Organización de las Naciones Unidas para la
Educación, la Ciencia y la Cultura a que, según proceda y en colaboración con otros
organismos pertinentes del sistema de las Naciones Unidas e instituciones de
desarrollo multilaterales, siga ayudando a los países en desarrollo que lo soliciten,
en particular con respecto al fomento de la capacidad nacional y el acceso a las
tecnologías de la información y las comunicaciones, para la aplicación de las
convenciones internacionales sobre la cultura, especialmente en lo referente a la
protección del patrimonio cultural y de los bienes culturales, y para la devolución o
restitución de los bienes culturales, de conformidad con su resolución 56/97, de
14 de diciembre de 2001, relativa a la devolución o restitución de bienes culturales a
sus países de origen;
8.
Pide al Secretario General que, en consulta con el Director General de la
Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura y
otros órganos de las Naciones Unidas e instituciones de desarrollo multilaterales
pertinentes, le presente, en su quincuagésimo noveno período de sesiones, un
informe sobre la aplicación de la presente resolución.
78ª sesión plenaria
20 de diciembre de 2002
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