A/HRC/RES/51/13 3. Solicita al Secretario General y al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que proporcionen al Grupo de Trabajo todo el apoyo y la asistencia necesarios para el cumplimiento de su mandato; 4. Solicita al Grupo de Trabajo que consulte con los Estados, las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales y a otros actores pertinentes, incluidas las organizaciones de la sociedad civil, para aplicar la presente resolución y que comunique sus conclusiones al Consejo de Derechos Humanos y la Asamblea General de conformidad con sus programas de trabajo; 5. Decide seguir examinando esta cuestión en relación con el mismo tema de la agenda de conformidad con su programa de trabajo. 41ª sesión 6 de octubre de 2022 [Aprobada en votación registrada por 28 votos contra 15 y 4 abstenciones. El resultado de la votación fue el siguiente: Votos a favor: Argentina, Armenia, Benin, Bolivia (Estado Plurinacional de), Camerún, China, Côte d’Ivoire, Cuba, Emiratos Árabes Unidos, Eritrea, Gabón, Gambia, Honduras, India, Indonesia, Libia, Malasia, Malawi, Mauritania, Namibia, Nepal, Pakistán, Paraguay, Qatar, Senegal, Sudán, Uzbekistán y Venezuela (República Bolivariana de). Votos en contra: Alemania, Chequia, Estados Unidos de América, Finlandia, Francia, Islas Marshall, Japón, Lituania, Luxemburgo, Montenegro, Países Bajos, Polonia, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República de Corea y Ucrania. Abstenciones: Brasil, Kazajstán, México y Somalia.] 2 GE.22-16502

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