A/RES/63/151
13. Alienta a la comunidad internacional a que intensifique la cooperación
internacional en apoyo a las iniciativas nacionales encaminadas a erradicar la
pobreza en consonancia con las metas convenidas internacionalmente a fin de lograr
un apoyo social y económico sostenible para las personas de edad;
14. Alienta a la comunidad internacional y a los organismos competentes del
sistema de las Naciones Unidas a que, en el marco de sus mandatos respectivos,
apoyen los esfuerzos nacionales para aportar financiación a las iniciativas de
investigación y de reunión de datos sobre el envejecimiento a fin de comprender
mejor los desafíos y las oportunidades que entraña el envejecimiento de la población
y proporcionar a los responsables de políticas información más precisa y específica
sobre el género y el envejecimiento;
15. Recomienda que los Estados Miembros reafirmen la función de los
coordinadores de las Naciones Unidas en materia de envejecimiento, fomenten las
iniciativas de cooperación técnica, amplíen el papel de las comisiones regionales
sobre cuestiones de envejecimiento y aporten recursos adicionales a esas
actividades, faciliten la coordinación de las organizaciones no gubernamentales
nacionales e internacionales sobre envejecimiento y refuercen la cooperación con el
mundo académico en torno a un programa de investigación sobre el envejecimiento;
16. Reitera la necesidad de aumentar la capacidad a nivel nacional para
promover y facilitar la aplicación del Plan de Acción de Madrid y los resultados de
su primer ciclo de examen y evaluación y, a ese respecto, alienta a los gobiernos a
que presten apoyo al Fondo Fiduciario de las Naciones Unidas para el
Envejecimiento a fin de que el Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de
la Secretaría pueda prestar más asistencia a los países que la soliciten;
17. Recomienda que, en los esfuerzos en curso para alcanzar los objetivos de
desarrollo convenidos internacionalmente, incluidos los de la Declaración del
Milenio 4, se tenga en cuenta la situación de las personas de edad;
3F
18. Pide al Secretario General que disponga la traducción de Guide to the
National Implementation of the Madrid International Plan of Action on Ageing 5 a
todos los idiomas oficiales de las Naciones Unidas para que pueda utilizarse con
mayor eficacia en los Estados Miembros, y alienta a los Estados Miembros a que
hagan traducir la guía a sus idiomas respectivos, según proceda;
4F
19. Pide también al Secretario General que le presente, en su sexagésimo
cuarto período de sesiones, un informe sobre la aplicación de la presente resolución,
en particular con información sobre la promoción y protección de los derechos
humanos de las personas de edad.
70ª sesión plenaria
18 de diciembre de 2008
_______________
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5
Véase la resolución 55/2.
Publicación de las Naciones Unidas, número de venta: E.08.IV.2.
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