Naciones Unidas
Asamblea General
A/RES/68/139*
Distr. general
28 de enero de 2014
Sexagésimo octavo período de sesiones
Tema 28 a) del programa
Docume nto g uarda do e n W:\M SWDocs\TR SDraft el 11/04/2014 1 2:52
Resolución aprobada por la Asamblea General el 18 de diciembre de 2013
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/68/449 y Corr.1)]
68/139. Mejoramiento de la situación de la mujer en las zonas
rurales
La Asamblea General,
Recordando sus resoluciones 56/129, de 19 de diciembre de 2001, 58/146, de
22 de diciembre de 2003, 60/138, de 16 de diciembre de 2005, 62/136, de 18 de
diciembre de 2007, 64/140, de 18 de diciembre de 2009, y 66/129, de 19 de
diciembre de 2011,
Afirmando la obligación de todos los Estados de promover y proteger todos los
derechos humanos y las libertades fundamentales, y afirmando también que todas
las formas de discriminación, incluida la discriminación contra la mujer, son
contrarias a la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos
Humanos 1, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos 2, el Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales 2, la Convención sobre
la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer 3, la
Convención sobre los Derechos del Niño 4, la Convención sobre los Derechos de las
Personas con Discapacidad 5 y otros instrumentos de derechos humanos,
Recordando las disposiciones relativas a la mujer en las zonas rurale s que
figuran en los documentos finales de las conferencias y cumbres internacionales
pertinentes, en particular la Declaración 6 y Plataforma de Acción 7 de Beijing
aprobada en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer y el documento final del
_______________
* Publicado nuevamente por razones técnicas el 31 de marzo de 2014.
1
Resolución 217 A (III).
2
Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo.
3
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1249, núm. 20378.
4
Ibid., vol. 1577, núm. 27531.
5
Ibid., vol. 2515, núm. 44910.
6
Informe de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, Beijing, 4 a 15 de septiembre de 1995
(publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta: S.96.IV.13), cap. I, resolución 1, anexo I.
7
Ibid., anexo II.
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