Naciones Unidas Asamblea General A/RES/68/139* Distr. general 28 de enero de 2014 Sexagésimo octavo período de sesiones Tema 28 a) del programa Docume nto g uarda do e n W:\M SWDocs\TR SDraft el 11/04/2014 1 2:52 Resolución aprobada por la Asamblea General el 18 de diciembre de 2013 [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/68/449 y Corr.1)] 68/139. Mejoramiento de la situación de la mujer en las zonas rurales La Asamblea General, Recordando sus resoluciones 56/129, de 19 de diciembre de 2001, 58/146, de 22 de diciembre de 2003, 60/138, de 16 de diciembre de 2005, 62/136, de 18 de diciembre de 2007, 64/140, de 18 de diciembre de 2009, y 66/129, de 19 de diciembre de 2011, Afirmando la obligación de todos los Estados de promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales, y afirmando también que todas las formas de discriminación, incluida la discriminación contra la mujer, son contrarias a la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos 1, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos 2, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales 2, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer 3, la Convención sobre los Derechos del Niño 4, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad 5 y otros instrumentos de derechos humanos, Recordando las disposiciones relativas a la mujer en las zonas rurale s que figuran en los documentos finales de las conferencias y cumbres internacionales pertinentes, en particular la Declaración 6 y Plataforma de Acción 7 de Beijing aprobada en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer y el documento final del _______________ * Publicado nuevamente por razones técnicas el 31 de marzo de 2014. 1 Resolución 217 A (III). 2 Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo. 3 Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1249, núm. 20378. 4 Ibid., vol. 1577, núm. 27531. 5 Ibid., vol. 2515, núm. 44910. 6 Informe de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, Beijing, 4 a 15 de septiembre de 1995 (publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta: S.96.IV.13), cap. I, resolución 1, anexo I. 7 Ibid., anexo II. 13-44782* (S) *1344782*

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