A/RES/49/68 Página 2 concentración cuantitativa o mejoras cualitativas de las armas que constituyen una amenaza para la paz y la seguridad internacionales, Reconociendo que el progreso en la aplicación de la ciencia y la tecnología contribuye en medida considerable a la aplicación de los acuerdos de control de armamentos y de desarme en las esferas de la eliminación de armamentos, la conversión para fines pacíficos y la verificación, entre otras, Consciente de que las transferencias internacionales de productos, servicios y conocimientos de alta tecnología para fines pacíficos son importantes para el desarrollo económico y social de los Estados, Recordando que en las normas y directrices para la transferencia de alta tecnología con aplicaciones militares se deben tener en cuenta las necesidades legítimas para el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, al tiempo que se garantiza que esas normas y directrices no impidan el acceso a los productos, servicios y conocimientos de alta tecnología para fines pacíficos, Consciente de que se debe mejorar la cooperación entre Estados suministradores y receptores en esta esfera mediante un firme compromiso común de impedir que las transferencias de alta tecnología con aplicaciones militares para fines exclusivamente pacíficos se desvíen para fines no pacíficos, y de que esa cooperación se debe basar en derechos y obligaciones claramente definidos y equilibrados, en medidas adecuadas de transparencia y verificación, en la equidad y la imparcialidad y en incentivos y beneficios previsibles, 1. Afirma que los avances científicos y tecnológicos se deben utilizar en beneficio de toda la humanidad para fomentar el desarrollo económico y social sostenible de todos los Estados y velar por la seguridad internacional, y que se debe fomentar la cooperación internacional en el ámbito de la utilización de la ciencia y la tecnología mediante la transferencia y el intercambio de conocimientos tecnológicos para fines pacíficos; 2. Invita a los Estados Miembros a que intensifiquen sus esfuerzos para aplicar la ciencia y la tecnología para fines relacionados con el desarme y pongan las tecnologías relacionadas con el desarme a disposición de los Estados interesados; 3. Recomienda que los Estados Miembros adopten y apliquen medidas internas compatibles con el derecho internacional para regular la transferencia de alta tecnología con aplicaciones militares a los efectos de que esas transferencias no socaven la paz ni la seguridad internacionales y no se impida el acceso a los productos, servicios y conocimientos de alta tecnología para fines pacíficos; 4. Invita a los Estados Miembros a que amplíen el diálogo multilateral encaminado a establecer normas y directrices universalmente aceptables que rijan las transferencias internacionales de alta tecnología con aplicaciones militares; 5. Alienta a las Naciones Unidas a que, en el marco de los mandatos en vigor, contribuyan a fomentar la aplicación de la ciencia y la tecnología para fines pacíficos; /...

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