Utilización de mercenarios como medio de violar los derechos humanos y obstaculizar el ejercicio del derecho de los pueblos a la libre determinación (2020), para. 25
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Acoge con beneplácito la decisión del Consejo de Derechos Humanos, contenida en su resolución 42/9 1 , de renovar por un per odo de tres años el mandato del Grupo de Trabajo sobre la utilización de mercenarios para que siga llevando a cabo las tareas indicadas por el Consejo de Derechos Humanos en su resolución 7/21 , de 28 de marzo de 2008 6 , y en todas las demás resoluciones pertinentes en la materia;