Salud mundial y política exterior: fortalecer la resiliencia de los sistemas de salud
proporcionando atención médica asequible a todas las personas
A/RES/75/130
metas relativas a sus medios de implementación con políticas y medidas concretas y
reafirma el resuelto compromiso político de hacer frente al problema de la
financiación y de la creación de un entorno propicio a todos los niveles para el
desarrollo sostenible, en un espíritu de alianza y solidaridad mundiales,
Recordando la Declaración Universal de Derechos Humanos 1, el Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales 2, la Convención
Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial 3, la
Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la
Mujer 4, la Convención sobre los Derechos del Niño 5, la Convención sobre los Derechos
de las Personas con Discapacidad 6, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Políticos 7 y las disposiciones aplicables del derecho internacional humanitario,
Recordando también que en la Constitución de la Organización Mundial de la
Salud 8 se define la salud como un estado de completo bienestar físico, mental y social,
y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades, y se declara que el goce
del grado máximo de salud que se pueda lograr es uno de los derechos fundamentales
de todo ser humano sin distinción de raza, religión, ideología política o condición
económica o social,
Observando el notable papel que desempeña la Iniciativa sobre Política Exterior
y Salud Mundial en la promoción de sinergias entre la política exterior y la salud
mundial, así como la contribución de la Declaración Ministerial de Oslo de 20 de
marzo de 2007, titulada “La salud mundial en cuanto cuestión urgente de política
exterior de nuestro tiempo” 9, que se reafirmó, con medidas y compromisos renovados,
en el comunicado ministerial de la Iniciativa, titulado “Renovación de diez años de
labor concertada y preparativos para afrontar los nuevos desafíos”, de 22 de
septiembre de 2017 10,
Reconociendo que los Estados tienen la responsabilidad primordial de crear
condiciones, tanto en el plano nacional como en el internacional, que propicien la
realización del derecho al desarrollo y deben garantizar, entre otras cosas, la igualdad
de oportunidades para todos en cuanto al acceso a los recursos básicos, como los
servicios de salud, los alimentos, la vivienda, el empleo y la justa distribución de los
ingresos,
Recordando el resultado de la reunión de alto nivel sobre la cobertura sanitaria
universal y reafirmando su declaración política, titulada “Cobertura sanitaria
universal: avanzando juntos para construir un mundo más saludable ” 11, en la que se
reiteró, entre otros conceptos, la importancia de ampliar las iniciativas emprendidas
a nivel mundial para no dejar a nadie atrás y construir un mundo más saludable para
todos, así como de acelerar los esfuerzos encaminados a lograr la cobertura sanitaria
universal para 2030 con el fin de garantizar la vida sana y promover el bienestar de
todas las personas durante toda su vida,
Reiterando la importancia de la titularidad nacional y la función y la
responsabilidad primordiales que tienen los gobiernos a todos los niveles de
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Resolución 217 A (III).
Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo.
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 660, núm. 9464.
Ibid., vol. 1249, núm. 20378.
Ibid., vol. 1577, núm. 27531.
Ibid., vol. 2515, núm. 44910.
Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo.
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 14, núm. 221.
A/63/591, anexo.
A/72/559, anexo.
Resolución 74/2.
20-17079