Pesca de altura en gran escala con redes de enmalle y deriva, pesca no autorizada en zonas sujetas ajurisdicción nacional y en la alta mar y pesca ilícita, no declarada y no reglamentada, capturas incidentales y descartes en la pesca, y otras cuestiones (2003), para. 32
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Alienta a los Estados ribereños a que elaboren políticas relativas a los océanos y mecanismos para la gestión integrada, inclusive en los planos subregional y regional, y a que presten asistencia a los Estados en desarrollo para que puedan lograr estos objetivos;