A/RES/56/23
contribuir a ese objetivo común, de conformidad con las disposiciones del Tratado
sobre los principios que deben regir las actividades de los Estados en la exploración
y utilización del espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes1 ;
2.
Reafirma su reconocimiento, conforme a lo señalado en el informe del
Comité ad hoc sobre la prevención de una carrera de armamentos en el espacio
ultraterrestre, de que el régimen jurídico aplicable al espacio ultraterrestre no es de
por sí suficiente para garantizar la prevención de una carrera de armamentos en el
espacio ultraterrestre, de que ese régimen jurídico desempeña una función importante
en la prevención de una carrera de armamentos en ese medio, de que es necesario
consolidar y reforzar ese régimen y aumentar su eficacia, y de que es importante que
se acaten estrictamente los acuerdos bilaterales y multilaterales existentes;
3.
Destaca la necesidad de que se adopten nuevas medidas, con
disposiciones adecuadas y eficaces de verificación, para prevenir una carrera de
armamentos en el espacio ultraterrestre;
4.
Exhorta a todos los Estados, en particular a los que tienen una capacidad
espacial importante, a que contribuyan activamente a lograr el objetivo de la
utilización del espacio ultraterrestre con fines pacíficos y de la prevención de una
carrera de armamentos en el espacio ultraterrestre y a que, en aras del
mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales y de la promoción de la
cooperación internacional, se abstengan de todo acto contrario a dicho objetivo y a
los tratados pertinentes en vigor;
5.
Reitera que incumbe a la Conferencia de Desarme, en su calidad de único
foro multilateral de negociación sobre desarme, desempeñar un papel primordial en
la negociación de un acuerdo multilateral o de varios acuerdos multilaterales, según
proceda, sobre la prevención de una carrera de armamentos en el espacio
ultraterrestre en todos sus aspectos;
6.
Invita a la Conferencia de Desarme a que termine el examen y la
actualización del mandato que figura en su decisión de 13 de febrero de 1992 4 y
constituya un comité ad hoc lo antes posible en el período de sesiones de 2002;
7.
Reconoce, a este respecto, que hay una convergencia de opinión cada vez
mayor sobre la elaboración de medidas para aumentar la transparencia, la confianza
y la seguridad en la utilización del espacio ultraterrestre con fines pacíficos;
8.
Insta a los Estados que llevan a cabo actividades en el espacio
ultraterrestre, así como a los Estados interesados en llevar a cabo actividades de ese
tipo, a que mantengan informada a la Conferencia de Desarme de los progresos de
las negociaciones bilaterales o multilaterales sobre la cuestión, según el caso, con
objeto de facilitar su labor;
9.
Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo séptimo
período de sesiones el tema titulado “Prevención de una carrera de armamentos en el
espacio ultraterrestre”.
68ª sesión plenaria
29 de noviembre de 2001
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