A/HRC/RES/58/9 gubernamentales, las instituciones académicas y de investigación, las empresas y los sindicatos, a la promoción y la protección de los derechos económicos, sociales y culturales, incluidas las actividades de capacitación e información, y subraya la importancia de que se consulte con las personas afectadas en las decisiones que les conciernen y de que esas personas participen en su adopción; 21. Alienta a los Estados, a que, de conformidad con los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos, proporcionen a las empresas una orientación eficaz sobre la manera de asumir su responsabilidad de respetar los derechos humanos, incluidos los derechos económicos, sociales y culturales, en sus actividades, y de tratar de prevenir o mitigar las consecuencias negativas sobre los derechos humanos directamente relacionadas con operaciones, productos o servicios prestados por sus relaciones comerciales, incluso cuando no hayan contribuido a generarlas; 22. Alienta a que se apliquen medidas específicas para alcanzar las metas de financiación de la protección social y erradicar la pobreza haciéndole frente en todas sus formas y dimensiones, incluida la pobreza extrema y la feminización de la pobreza, entre otras cosas mediante estrategias de desarrollo rural que reduzcan las desigualdades y tengan en cuenta la agricultura sostenible, las dimensiones relacionadas con la seguridad alimentaria y la nutrición y el derecho a la alimentación, e inversiones en servicios públicos, en el sector social y en sistemas de seguridad social bien diseñados, sostenibles y eficientes que sean accesibles para todos, incluidas las personas con discapacidad, y que se adapten a las perturbaciones, y a que se adopten medidas eficaces para el disfrute por todas las personas de su derecho a la seguridad social, entre otras cosas para fomentar la adhesión a esta; 23. Alienta también a que se creen empleos y medios de subsistencia decentes para todos, también para las personas jóvenes, especialmente en los países en desarrollo, al tiempo que se facilita la transición de los trabajadores del sector informal al formal y se desmantelan las desigualdades en la economía del cuidado, teniendo en cuenta también la proporción desigual que les corresponde a las mujeres en el trabajo doméstico y de cuidados no remunerado o infrarremunerado y la sobrerrepresentación de las mujeres en el sector informal; 24. Destaca la importancia de movilizar y proporcionar a los países en desarrollo financiación para el desarrollo procedente de todas las fuentes que sea sostenible, asequible, accesible, transparente, adecuada y previsible, así como los medios de aplicación necesarios, y de crear un entorno más propicio en los planos mundial, regional y nacional para aumentar la movilización de recursos internos, lo cual contribuye a hacer efectivos los derechos económicos, sociales y culturales, reconociendo a tal efecto el carácter fundamental de la financiación para el desarrollo y la financiación para el clima, así como la importancia de cumplir los compromisos en materia de asistencia oficial para el desarrollo; 25. Alienta a las instituciones financieras internacionales a que sigan apoyando a los Estados en sus esfuerzos por crear instituciones fuertes, velando así por el establecimiento de una buena gobernanza capaz de crear resiliencia económica y social en tiempos de policrisis, y a que, al hacerlo, tengan en cuenta la priorización del gasto social y la mejora del margen de maniobra fiscal de los Estados, es decir, el aumento de la eficiencia del gasto público, la mejora de la administración de la deuda, el acceso a la financiación externa, la movilización de los recursos internos y la reducción de los costos de transferencia de las remesas, y a que consideren la posibilidad de utilizar el índice de vulnerabilidad multidimensional, según proceda, colaborando al mismo tiempo en materia de asistencia y cooperación internacional, todo lo cual contribuye a hacer efectivos los derechos económicos, sociales y culturales; 26. Insta a los Estados a que emprendan una respuesta multilateral reforzada para apoyar a los países cuya carga de la deuda sea insostenible, en la cual participen de manera sustancial los países afectados y todos los actores pertinentes, a que den prioridad al gasto público en la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, que abarcan una amplia gama de cuestiones relativas a los derechos económicos, sociales y culturales, y, según proceda, al uso de canjes de deuda por Objetivos de Desarrollo Sostenible, y a que elaboren criterios para medir los avances en materia de desarrollo sostenible que complementen al producto interno bruto y vayan más allá; GE.25-05378 7

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